La Concejalía de Hacienda ofrece un plan de pago de impuestos "a la carta"

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Permitiendo a los contribuyentes su fraccionamiento sin intereses y con cargos periódicos a cuenta

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El Ayuntamiento de Totana va a ofrecer a los contribuyentes del municipio a partir de este año 2018 el abono de sus impuestos mediante el denominado "Plan Especial de Pagos", que se aprobó en octubre del año pasado a propuesta de la concejal de Hacienda, Ana María Cánovas, quien ha explicado los pormenores de este nuevo procedimiento en el transcurso de una rueda de prensa.

Se trata de un sistema especial para abonar los recibos que va a permitir a los usuarios realizar ingresos periódicos a cuenta de la deuda anual correspondiente; y afectará a los padrones del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Vados Permanentes, Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, rústica y de características especiales

Este plan es individual y la principal novedad que ofrece a los contribuyentes dicha herramienta es que no se cobrarán intereses, siempre que se paguen las cuotas en los plazos indicados.

El contribuyente interesado en acogerse al "Plan Especial de Pagos" deberá solicitarlo durante el ejercicio anterior al que se refiera la petición y deberá señalar la periodicidad de pago elegida; de manera que podrá hacerlo en cuatro cuotas de cobro (5 de abril, 5 de junio, 5 de agosto y 5 de octubre), en tres cuotas (5 de abril, 5 de julio y 5 de octubre) y en dos cuotas de cobro (5 de abril y 5 de octubre).

Excepcionalmente, las personas que deseen acogerse a este sistema especial de pago de recibos para el ejercicio 2018, podrán presentar las solicitudes hasta el 28 de febrero de este mismo año, según explicó la edil.

En cualquier momento, el interesado podrá efectuar el pago de una sola vez de todas las cuotas no vencidas causando baja del Plan, y siempre antes del 31 de diciembre también podrá comunicar expresamente a la Administración cualquier cambio en los datos de adhesión inicial, referida a la periodicidad de los pagos o número de cuenta, que ya producirá efectos en el ejercicio siguiente.

Desde el momento en que la Administración tenga conocimiento del impago de uno de los plazos, dejará de cargar los plazos siguientes, considerándose cancelado el Plan. En este momento, el régimen de pago anual pasará a general con los plazos normales de voluntaria, ha explicado la concejal de Hacienda.

Ana María Cánovas ha añadido que, además, se mantiene el fraccionamiento y aplazamiento actual y la guía normal de pagos de los impuestos; y ha reiterado que, como principal novedad, es que está condicionado a que con este Plan no se pagan intereses de demora, siempre que se paguen las cuotas en los plazos indicados.

Los interesados deben solicitar este procedimiento en la Oficina de Atención al Contribuyente (calle San Cristóbal, 8 teléfono 968 423420, de lunes a viernes en horario de mañanas) o en la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Totana (plaza de la Constitución, 1 teléfono 968 418151).

Además, deberán cumplir una serie de requisitos, como no tener deudas pendientes en la vía ejecutiva con la Administración municipal, el importe total anual de la deuda tributaria en voluntaria no podrá ser inferior a los 300 euros, la cuota mínima que resulte de aplicar a la suma de los recibos no podrá ser inferior a 50 euros y deberá domiciliar obligatoriamente el pago de las cuotas en una cuenta única.

Los contribuyentes interesados en acogerse al Plan deberán presentar la solicitud durante el ejercicio anterior a que se refiera la petición, donde deberá señalar la periodicidad de pago elegida; y a partir de ese momento, quedará adherido a este programa especial, salvo que la Administración comunique la denegación por incumplimiento de los requisitos, ha añadido.

La solicitud surtirá efectos para los siguientes períodos voluntarios de pago, teniendo validez por tiempo indefinido, siempre que no exista manifestación expresa de lo contrario por parte del sujeto pasivo, y no dejen de realizarse los pagos en la forma establecida.

Asimismo, la concejal de Hacienda ha recordado que, en el caso de la bonificación de las familias numerosas sobre el IBI, el plazo para solicitar ésta para el año 2018 será desde enero a mayo inclusive; mientras que para el 2019 tendrán que solicitar la bonificación durante todo el año natural del 2018, según ha precisado.

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