Urbanismo promueve una reunión de coordinación técnica para facilitar al usuario el trámite administrativo entre el Registro de la Propiedad y la Notaría con el Catastro tras la concesión de licencias de segregación

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Urbanismo promueve una reunión de coordinación técnica para facilitar al usuario el trámite administrativo entre el Registro de la Propiedad y la Notaría con el Catastro tras la concesión de licencias de segregación

La Concejalía de Urbanismo ha promovido recientemente una reunión de coordinación técnica para facilitar al usuario el trámite administrativo que permita formalizar el procedimiento necesario de coordinación entre el Registro de la Propiedad y la Notaría con Catastro, tras la concesión de licencias municipales de segregación o parcelación por parte de este departamento.

El concejal del ramo, Carlos Ballester, se ha reunido junto con técnicos y jurídicos de su Concejalía con el fin de poner en común las necesidades para este trámite junto con los profesionales de los otros órganos colegiados o entidades implicadas, en este caso, notarios, oficiales de Notaría, registradores, técnicos del Catastro, entre otros.

La Concejalía pretende orientar a los ciudadanos afectados en la recopilación de toda la información y documentación necesaria para que cuando vayan a registrar su propiedad en el Registro y en la propia Notaría dispongan de toda ella con el fin de agilizar dicho procedimiento.

La licencia de segregación es aquella que tiene por objeto la segregación o división de terrenos clasificados como suelo rústico o urbano; y ésta es imprescindible paraformalizar la escritura pública de segregación y la consecuente inscripción en el Registro de la Propiedad.

Éste es el trámite a través del cual el interesado solicita lalicencia para dividir una finca, ya sea urbana o rústica, en dos o más lotes. Esta licencia tiene por finalidad comprobar que los lotes en los que se pretende dividir la finca cumplen con la parcela mínima establecida normativamente, y en este caso, deberán cumplir dicho requisito tanto la finca matriz de la que surgen los nuevos lotes, como éstos, no pudiendo quedar ni aquella ni éstos por debajo de la parcela mínima.

Las licencias urbanísticas, como es el caso, son otorgadas por losayuntamientosque son los que ejercen elcontrol en cuanto que los actos de edificación y uso del suelo se ajustan al planeamiento urbanístico.

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