La Gerencia Regional del Catastro dejará de aplicar a partir de este año los valores catastrales del IBI en los suelos reclasificados de rústicos a urbanos que no han sido desarrollados urbanísticamente en el municipio de Totana, y que afectan a bolsas de suelo concretas en las zonas de Las Peras, el camping y la urbanización "La Paloma", espacio existente en dirección a Lorca.
El alcalde de Totana, Juan José Cánovas, y la concejal de Hacienda, Ana Cánovas, explicaron el resultado de una reunión que tuvo lugar la pasada semana con el director gerente del Catastro en la Región de Murcia, Justo Parejo, a quien el Ayuntamiento solicitó, tras su aprobación en el pleno de febrero, la adecuación de los valores del IBI urbano en terrenos reclasificados y no desarrollados.
Así, en adelante se va a tener en cuenta una sentencia de mayo del 2014 del Tribunal Supremo sobre todos los terrenos que están afectados para su reclasificación vía Convenios Urbanísticos o Planes Parciales con el fin de no aplicar los valores catastrales correspondientes y el aumento de IBI hasta que no se produzcan los desarrollos o inversiones en las bolsas de suelo afectadas.
Los responsables municipales advirtieron que ésta era una circunstancia complicada para los propietarios de terrenos reclasificados por Planes Generales, Normas Subsidiarias o la propia firma de Convenios Urbanísticos en terrenos que en su día eran rústicos y pasaron a urbanos tras el desarrollo de los mismos.
Esta situación generó que los propietarios de terrenos, en su mayoría rústicos, se vieran abocados a una gran presión fiscal sin expectativas de conseguir las plusvalías esperadas.
El primer edil explicó que este hecho producía "situaciones injustas", y por este motivo, el Gobierno municipal aboga por su correcta aplicación cuando se comiencen a realizar los desarrollos o la administración realice, en todo caso, las inversiones en infraestructuras que afecten las urbanizaciones previas.
Además, recordó que existen sendas sentencias del Tribunal Supremo y otra previa del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que falló a favor de dueños de terrenos y en contra de la administración que mantenía el gravamen del IBI urbano en terrenos reclasificados.
Con esta medida se adapta la sentencia a la situación real del municipio de Totana, tanto en la disciplina urbanística actual como en las previsiones de futuro; y reconoció que esta reducción del IBI repercutirá negativamente en el ingreso de impuestos en el Ayuntamiento pero "se solventa una situación a todas luces injusta con los propietarios de estos terrenos".