La Policía Local intensifica la vigilancia en cumplimiento de la ordenanza municipal de higiene urbana y tenencia de animales de compañía

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por las molestias que causan los excrementos en la vía pública

La Policía Local intensifica la vigilancia en cumplimiento de la ordenanza municipal de higiene urbana y tenencia de animales de compañía

El Ayuntamiento insta a los propietarios de animales domésticos a que retiren los excrementos de la vía pública para evitar quejas vecinales y sanciones administrativas

La Policía Local de Totana ha intensificado durante las últimas semanas, tanto con agentes uniformados como de paisano, la vigilancia en las vías públicas del casco urbano en cumplimiento de las Ordenanzas Municipales de Higiene Urbana y la de Protección y Tenencia de Animales de Compañía.

Según fuentes policiales, desde enero de 2011 y hasta la fecha, los agentes han realizado la apertura de 96 expedientes sancionadores por diferentes incumplimientos de la normativa municipal.

Los motivos más frecuentes son por arrojar vidrios y otros objetos a la vía pública, orinar en la vía pública, sacar la basura en días y horarios no permitidos, no recoger los excrementos de los animales domésticos de la vía pública, colocar cartelería sin la autorización pertinente o repartir octavillas y publicidad sin el preceptivo permiso, entre otros.

Las sanciones impuestas por estas faltas oscilan hasta los 750 euros para las que se consideren leves, hasta 1.500 euros para las graves y hasta 3.000 euros para las más graves.

Concienciación ciudadana

La ordenanza municipal de Higiene Urbana establece que los propietarios de animales son los responsables de los daños o afecciones a personas y cosas y de cualquier acción que ocasione la suciedad en la vía pública y que, en ausencia del propietario, será responsable que acompañe al animal en el momento de producirse la acción.

Según recoge la Ordenanza municipal, los agentes municipales está facultados, en todo momento, para exigir del propietario o tenedor del animal la reparación inmediata de la afección causada.

La no retirada de los excrementos de la vía pública está considerada como infracción leve tanto por ambas ordenanzas y puede ser sancionada con una multa de hasta 600 euros.

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