Murcia, 23 jul (EFE).- Un Juzgado de lo Social de Murcia deberá resolver si el cambio en el sistema de control de accesos a las instalaciones de la Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo (HEFAME), que implica la toma de las huellas dactilares de sus trabajadores, constituye una violación de su derecho a la intimidad.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ), en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, ha anulado la decisión del Juzgado de lo Social número Tres, que en diciembre pasado se declaró incompetente para resolver el tema e impuso una multa de 300 euros al sindicato que lo había planteado "por temeridad".
Afirma la Sala que la citada sociedad de productos farmacéuticos decidió, por consejo de la empresa que gestionaba el sistema de control de accesos a sus intalaciones, ubicadas en Santomera, proceder a implantar un nuevo mecanismo.
El mismo suponía la necesidad de tomar la huella digital de sus empleados, a lo que se opuso el sindicato Asociación de Trabajadores de HEFAME (ATRAHE) al considerar que afectaba a la intimidad de aquéllos.
Esta organización sindical recurrió la medida ante el Juzgado de lo Social, que declaró que esta jurisdicción no era competente para resolver el litigio, por lo que desestimó la demanda.
Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJ, al estimar el recurso presentado por ATRAHE, ha ordenado devolver el asunto a dicho Juzgado con el fin de que se proceda a dictar sentencia que resuelva las cuestiones planteadas y entre en el fondo del asunto, además de anular la multa que le fue impuesta.
Para el tribunal, el nuevo control de acceso de los trabajadores y la obtención de las huellas digitales de los mismos afecta a la totalidad de los empleados de la empresa, por lo que la solicitud de conflicto colectivo presentada por dicho sindicato fue "adecuada" y debe ser resuelta por el Juzgado de lo Social, al que considera competente para ello. EFE