Sosa quiere tumbar en el Pleno tanto esa subida del 3,5% de los recibos, como el "atraco" que se realiza a los usuarios del servicio a quienes al intentar cambiar el número de cuenta bancaria en el que cargar los recibos se les exige, sin sustento jurídico alguno, el pago de una tasa de 42 euros y la aportación de un boletín sobre la instalación, firmado por un fontanero y visado por industria, que puede superar los 100 euros
El líder regional de IU-Verdes, José Luis Álvarez-Castellanos, ha acompañado esta mañana al portavoz municipal de esa formación, Pedro Sosa, en una rueda de prensa en la que han dado cuenta de la importante propuesta que se debatirá el próximo lunes 28 de octubre en el Pleno municipal y que también se replicará en otros ayuntamientos de la región y hasta en la Asamblea Regional, habida cuenta la implicación de diversos organismos regionales, incluida la Consejería de Empresa, en el núcleo y objeto de las propuestas de la izquierda.
El coordinador regional de IUVRM ha afirmado que las tarifas que pagan los ciudadanos en Lorca y en otros municipios son completamente ilegales, al tratarse de "precios autorizados" que incumplen palmariamente algunas disposiciones de la Ley 2/2015 de Desindexación de la Economía Española y el Real Decreto 55/2017 que la desarrolla.
Álvarez Castellanos sostiene que la subida de un 3,5% de las tarifas la han pretendido justificar en una estimación de variación de costes de un 4.05%" en el que incluyen y trasladan conceptos que las normas atrás citadas prohíben expresamente, como son la referencia al IPC, la amortización de inversiones, la variación de costes financieros, el beneficio industrial o déficits anteriores del servicio que hayan generado deudas y desequilibrios contractuales con la empresa concesionaria.
El líder de IUVRM sostiene que desde el 17 de junio de 2022 el Consejo Asesor Regional de Precios, organismo que informa preceptivamente sobre las propuestas de revisión de tarifas que hacen los ayuntamientos y que finalmente autoriza el consejero de Economía o la consejera de Empresa, venía aplicando los criterios derivados de las citadas normativas de Desindexación de la Economía Española, exigiendo a los ayuntamientos justificar sus propuestas sobre la base de un incremento efectivo de los costes y acreditado conforme a ley, no admitiendo la imputación de otros conceptos como los expresados anteriormente. Y en esa línea tenemos en nuestro poder un clarificador informe técnico que recoge textualmente que la subida aplicada en Lorca ES ILEGAL por no adecuarse a esas exigencias de las normas citadas y por ser contraria también a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Alguien va a tener que explicar, y posiblemente lo tenga que hacer en la Fiscalía del TSJ de Murcia a la que próximamente vamos a recurrir, cómo es posible que desde mayo de 2024, el mencionado Consejo Asesor Regional de Precios haya cambiado su criterio, informando favorablemente propuestas de subida de tarifas con arreglo a criterios estrictamente prohibidos por la normativa antes citada y contrarios a todas las fuentes jurídicas referidas. Unos criterios utilizados para aprobar la última subida de tarifas en Lorca, además de en otros municipios como Murcia, Cartagena, Yecla, Archena, Jumilla, Alhama o Fortuna.
Sosa, por su parte, ha afirmado que exigirá una reunión extraordinaria de la Junta General de Aguas de Lorca para que explique pormenorizadamente esa estimación de variación de costes, cuantificada en un 4,05%, sobre la que han pretendido justificar la última subida del recibo de agua en Lorca y si la misma vulnera las normas de desindexación, con la suspensión inmediata del último incremento de la tarifa del agua potable en Lorca y la devolución de lo cobrado de más a todos los lorquinos.
Pero además, Sosa también ha anunciado que en su moción ha incorporado un asunto relacionado con la extrema voracidad recaudatoria del Ayuntamiento y con el desprecio a los usuarios de este servicio que se evidencia en una práctica, que carece también de la necesaria cobertura legal que debiera darle el Reglamento de Abastecimiento de Agua Potable en Lorca, y que consiste en obligar a los usuarios que quieren cambiar el número de cuenta bancaria en el que se cargan los recibos del agua potable, a una burocracia innecesaria, con la presentación de diversos documentos y la exigencia de pago de tasas elevadas (42 euros) y el costoso trámite de contratar a un fontanero autorizado y aportar un boletín sobre la instalación (que puede superar los 100 euros). Dos requisitos que no tienen sentido alguno cuando lo único que se pretende es cambiar un número de cuenta bancaria en el que cargar los recibos.