La Administración debe indemnizar al comité de huelga por el daño moral causado haciéndose cargo de las costas del proceso judicial
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha emitido una sentencia histórica el 5 de julio de 2024, rechazando el recurso de apelación interpuesto por la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Esta decisión confirma que la administración vulneró el derecho fundamental de huelga, marcando un triunfo significativo para el sindicato CSIF y los conductores del Parque Móvil Regional, quienes se movilizaron en huelga los días 1 y 9 de marzo de 2023 para protestar por sus condiciones laborales.
El conflicto se originó cuando los conductores, apoyados por el comité de huelga y afiliados a este sindicato, denunciaron la actuación irregular de la administración durante las jornadas de huelga. En lugar de respetar el derecho de huelga, la Administración optó por asignar rutas y servicios a conductores que no participaron en la protesta, incluso recurriendo a personal de empresas externas, en clara violación de la normativa vigente. Estas maniobras fueron vistas como intentos directos de debilitar los efectos de la huelga.
La sentencia establece que tanto las sustituciones internas como el uso de empresas externas eran prácticas ilegales que vulneraron de manera flagrante el derecho de huelga, consagrado en el artículo 28.2 de la Constitución Española. En lugar de seguir el proceso legal para establecer servicios mínimos, la administración intentó frustrar la movilización de los trabajadores, lo que ha sido decisivo para la resolución judicial en su contra.
Un fallo en defensa de los derechos de los trabajadores
Además de declarar la vulneración del derecho de huelga, el Tribunal ha impuesto una indemnización a la Administración Regional por el daño moral causado al comité de huelga, reconociendo el perjuicio sufrido en su reputación ante los trabajadores. Asimismo, la administración deberá hacerse cargo de las costas del proceso judicial.
Desde el sindicato CSIF, esta sentencia ha sido celebrada como un hito en la lucha por los derechos laborales, y una clara advertencia contra las malas prácticas de la Consejería de Economía y Hacienda. Este fallo sienta un precedente importante para futuros conflictos laborales en la región, subrayando que los derechos de los trabajadores no pueden ser vulnerados con medidas abusivas.
Llamado de atención a la Administración Regional
El fallo también pone en evidencia que la Administración, en caso de necesitar mantener ciertos servicios durante la huelga, debió haber seguido los procedimientos legales establecidos para la fijación de servicios mínimos, lo cual no hizo. En lugar de ello, optó por emitir órdenes internas sin respaldo legal, lo que ha sido determinante en la sentencia condenatoria.
El CSIF ha instado a la Administración Regional a respetar los derechos de los trabajadores y actuar dentro del marco legal en futuros conflictos. La huelga, recalcan, es un derecho fundamental que no puede ser neutralizado mediante mecanismos ilegítimos que desvirtúen el propósito de las movilizaciones.
Este fallo judicial no solo representa una victoria para el sindicato CSIF y los conductores del Parque Móvil Regional, sino que también envía un mensaje claro a la Administración Regional de Murcia: los derechos fundamentales de los trabajadores deben ser respetados. Cualquier intento de debilitar una huelga legítima será sancionado.
El CSIF reafirma su compromiso con la defensa de los derechos laborales y celebra esta sentencia como un logro que beneficiará a todos los empleados públicos de la Región.