Ayudas extraordinarias al transporte escolar para el primer trimestre del curso 2023-2024

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Las subvenciones máximas van desde los 144 a los 760 euros por alumno, dependiendo del número de días y el kilometraje entre el domicilio y el centro educativo, y la cuantía se puede incrementar en caso de discapacidad

Ayudas extraordinarias al transporte escolar para el primer trimestre del curso 2023-2024

La Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo convoca las ayudas extraordinarias al transporte escolar para el primer trimestre del curso 2023-2024 que tienen un presupuesto de 500.000 euros, con el objetivo de compensar económicamente a las familias ante la situación excepcional por la ausencia de este servicio debido a la falta de vehículos autorizados para realizar las rutas escolares.

Los destinatarios de estas subvenciones públicas son los alumnos afectados por las citadas circunstancias, matriculados en la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en Formación profesional Básica.

La cuantía del trimestre de las ayudas individualizadas de transporte escolar se regirá en función del kilometraje entre el domicilio y el centro educativo y van desde un máximo de 144 euros por alumno, en el caso de distancias de hasta 5 kilómetros, y un máximo de 760 euros en el caso de que el recorrido supere los 50 kilómetros. En caso de discapacidad la cuantía máxima podría alcanzar los 2.000 euros.

Estas cantidades son cuantías máximas que serán aplicadas de forma proporcional al número de días que no ha habido transporte escolar y no podrá exceder del máximo de 71 días lectivos del trimestre, que es el máximo periodo en el que no existió ruta.

Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir de mañana, tal y como aparece en la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), y se podrá realizar tanto de manera telemática como presencial.

Las solicitudes de ayudas deberán cumplimentarse mediante un formulario accesible por Internet en la sede electrónica de la Comunidad, con el código de procedimiento 1860.

Se pone a disposición de los interesados dos tipos de formulario, uno con firma y/o certificado electrónico y otro que no requiere autenticación que se podrá cumplimentar telemáticamente y descargar en documento PDF.

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