La Guardia Civil investiga al conductor de un turismo por circular en sentido contrario en la autopista del Mediterráneo

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En la autopista AP-7 (Crevillente-Vera), término municipal de Cartagena

La Guardia Civil investiga al conductor de un turismo por circular en sentido contrario en la autopista del Mediterráneo

Circuló sentido contrario al estipulado unos dos kilómetros

Varios vehículos tuvieron que maniobrar bruscamente para evitar colisionar frontalmente

Fue interceptado por una patrulla de la Guardia Civil que en esos momentos vigilaba la seguridad vial en esa carretera

La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado al conductor de un turismo al que interceptó en la autopista del Mediterráneo AP-7, en Cartagena, por un delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo de motor de forma manifiestamente temeraria haciéndolo en sentido contrario al establecido por una vía desdoblada.

La actuación se inició cuando una patrulla del Destacamento de Tráfico de Cartagena, que prestaba servicio de vigilancia de la seguridad vial en vehículo oficial de cuatro ruedas de colores comerciales, detectó a un vehículo que circulaba en sentido contrario al establecido por la autopista del Mediterráneo, AP-7, que une Crevillente con Vera, a la altura de El Algar-Cartagena, circulando sentido Almería por la calzada reservada al sentido Alicante.

Los guardias civiles del Sector de Tráfico, al percatarse de que el turismo se acercaba hacia ellos en contra dirección por el carril izquierdo y sin apenas tiempo para reaccionar, activaron los dispositivos especiales del vehículo oficial de colores comerciales señales ópticas y acústicas, indicándole al conductor y único ocupante del vehículo que se detuviera en el arcén para evitar que continuara la marcha y pudiera colisionar con el resto de usuarios de la vía, que lo hacían correctamente.

A continuación la patrulla de la Agrupación de Tráfico, que previamente tuvo que detener la marcha del resto de conductores que circulaban sentido Alicante para evitar una inminente colisión, restablecieron inmediatamente la circulación que se vio alterada por esta conducción anómala, sacando de la plataforma de la vía al vehículo y conductor infractor, un varón, de 83 años de edad, que presentaba claros signos de no hallarse en condiciones psicofísicas adecuadas para conducir un vehículo a motor, como desorientación, respuestas incoherentes, etc.

De las investigaciones realizadas, los guardias civiles constataron que el conductor circuló en sentido contrario al estipulado durante unos dos kilómetros sentido Cartagena por la calzada destinada al sentido Alicante, habiéndose incorporado antirreglamentariamente a la altura de la "Venta San José", sita en el kilómetro 796,400 de la autopista.

Este tipo de conducción provocó que varios de los vehículos que circulaban correctamente tuvieran que maniobrar bruscamente para evitar colisionar frontalmente contra el primero, todo ello con temeridad manifiesta, al poner en concreto peligro la vida o la integridad de las demás personas que circulaban correctamente por la vía.

De los hechos, los guardias civiles del equipo de Atestados del Destacamento de Tráfico de Cartagena instruyeron diligencias al investigado como presunto autor de delito contra la seguridad vial, por circular con temeridad manifiesta (sentido contrario en autopista, poniendo en peligro concreto la vida o la integridad de otros usuarios), siendo puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Cartagena (Murcia).

Del vehículo implicado se hizo cargo un hijo del octogenario y quedó a disposición de la autoridad judicial como instrumento del delito.

A este conductor de avanzada edad, a la vista de los hechos en los que denota una merma en sus facultades psicofísicas para conducir y a tenor de lo dispuesto en el anexo IV del Reglamento General de Conductores, que regula los requisitos de aptitud psicofísica para obtener o renovar el permiso de conducción, se le ha propuesto ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia para un reconocimiento psicofísico extraordinario, al objeto de determinar si mantiene las aptitudes necesarias para seguir poseyendo el permiso de conducir de la clase B.

El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el artículo 380 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de seis meses a 2 años, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta seis años.

La Guardia Civil apela a la colaboración ciudadana, ante la elevada peligrosidad que supone la circulación por autovía/autopista en sentido contrario, para que tan pronto como detecten una de estas situaciones avisen urgentemente a los teléfonos 112 (emergencias) o 062 (Guardia Civil), aconsejando, además, que siempre que sea posible y salvo para realizar adelantamientos, utilicen el carril derecho de la calzada de las vías desdobladas por donde circulen, ya que, quienes conducen en sentido contrario por este tipo de vías, suelen utilizar el carril izquierdo al creer que circulan por una carretera convencional dotada de un carril para cada sentido.

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