La Asociación de Consumidores y Usuarios en Red, CONSUMUR, ha elaborado una serie de recomendaciones con los aspectos más relevantes a tener en cuenta antes de formalizar un seguro o durante la vigencia del mismo.
El sector de los seguros es uno de los que más consultas y reclamaciones por parte de los consumidores y usuarios suele tener y al que las familias destinan una importante cantidad de dinero anual, dado que suele ser habitual tener contratado un seguro de hogar, más el de automóvil, a los que hay que añadir otros complementarios como pueden ser el seguro de vida, de salud o de decesos.
Consejos antes de contratar un seguro
En primer lugar, CONSUMUR recomienda valorar la necesidad real de contratación del seguro y solicitar información y asesoramiento a través de un mediador o corredor de seguros.
Hay que clarificar desde el primer momento las necesidades que tenemos y lo que realmente nos interesa asegurar. También podemos hacer uso de los distintos comparadores de seguros, habituales por Internet, que nos permitirá tener una idea general y resolver cualquier duda que tengamos.
Es importante conocer previamente todas las coberturas que incluye la póliza de seguro que vamos a contratar, así como las exclusiones. La compañía tiene que facilitar tanto las condiciones específicas como las particulares, dado que en la mayoría de las ocasiones el consumidor sólo recibe esta información cuando ya ha formalizado la contratación.
Antes de decidirnos, la organización recomienda comparar las coberturas y condiciones del contratado en varias aseguradoras, dado que nos podemos encontrar importantes diferencias de precio.
Es importante también no dejarse llevar por las campañas publicitarios o las promociones en las que nos “regalan” un seguro al comprar o contratar algún servicio. Contratar un seguro es una decisión que requiere tiempo y una valoración previa adecuada.
Hay que llevar cuidado con los mensajes publicitarios engañosos de “todo incluido”, “seguro completo”, “100% asegurado”, porque todas las pólizas, en mayor o menos medida, excluyen determinados daños.
CONSUMUR también advierte que en ningún caso la contratación de un seguro debe ser obligatoria, como suele ser muy frecuente en el sector bancario, para la aprobación de préstamos personales o hipotecarios.
Una vez hayamos formalizado el contrato de seguro es muy importante conservar toda la documentación que nos proporciona la aseguradora en un lugar accesible, dado que será necesaria en caso de comunicar un siniestro.
Consejos después de contratar un seguro
Es importante tener en cuenta que una vez formalizado el seguro se han de respetar las condiciones del mismo, no pudiendo establecer modificaciones con carácter unilateral.
Cabe recordar la obligatoriedad del pago de la prima, en las condiciones pactadas en el contrato. De no ser así, la cobertura del asegurador quedará suspendida, pudiendo esto suponer un importante problema en caso de siniestro.
La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, regula en su Sección Cuarta la duración del contrato y prescripción.
En este sentido, en caso de que no queramos renovar el contrato, debemos comunicarlo a la compañía aseguradora por escrito, como máximo un mes antes de la fecha de renovación. De no ser así, se entenderá el contrato prorrogado. Esta cuestión es muy importante porque suele generar muchas dudas en los consumidores, al entender que no haciendo frente al pago y cambiando de compañía es suficiente para resolver el contrato, lo que genera que nos encontremos con la obligación de tener que hacer frente a dos seguros.
Por otro lado, la compañía aseguradora tiene la obligación de comunicar al asegurado cualquier modificación que quiera realizar en la póliza, incluido la subida de precio, salvo las que expresamente estén aceptadas en la póliza, con al menos dos meses de antelación a la renovación. De no ser así, el asegurado tiene derecho a reclamar y mantener las condiciones que venía teniendo.
Consejos frente a siniestros. Cómo reclamar
En caso de siniestro es importante recordar que hay un plazo para la comunicación del mismo a la compañía. La Ley establece un máximo de siente días después de haberse producido el siniestro, aunque, salvo que se hay fijado en la póliza un plazo más amplio.
CONSUMUR recomienda dejar siempre constancia por escrito, por lo que, aunque contactemos vía telefónica con la compañía, hemos de trasladar esa información por algún medio escrito.
Es importante recopilar todas las pruebas del siniestro a la mayor brevedad posible y siempre en el plazo establecido.
Ante un siniestro, en caso de que la compañía aseguradora incumpla sus obligaciones o no respete las coberturas contratadas, el asegurado puede interponer una reclamación ante los organismos de consumo, como es el caso de CONSUMUR.