El portavoz liberal, Francisco Álvarez, destaca que la Región contará así con “un marco normativo adecuado para favorecer la calidad de vida de las familias, protegerlas y regular sus prestaciones y servicios de apoyo”
El grupo parlamentario liberal (Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía) ha registrado hoy junto con el popular la Proposición de Ley del Sistema Integral de Apoyos a las Familias de la Región de Murcia, que consta de una exposición de motivos, veintisiete artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y una disposición final. El portavoz liberal, Francisco Álvarez, ha destacado la “oportunidad” de esta PPL para que la Región “cuente con un marco normativo adecuado para favorecer el desarrollo de la calidad de vida de las familias, reconociendo su derecho a recibir los recursos y prestaciones suficientes, potenciando la función de protección social que siempre han ejercido y garantizando una respuesta eficaz ante sus vulnerabilidades”. En su exposición de motivos, la PPL habla de “establecer y regular un conjunto de medidas, prestaciones y servicios de apoyo a las familias, con los que se ha de facilitar el cumplimiento de la misión y de las responsabilidades que la sociedad atribuye a esta institución”.
La PPL establece en su Título VIII la creación y regulación del Servicio Regional de Mediación Familiar, que tendrá como fin promover la comunicación y el diálogo entre las partes que estén inmersas en un conflicto familiar para la búsqueda de un acuerdo que ponga fin a los problemas existentes. Además, se refuerza también el Servicio de Familia, lo que conllevará la creación de 28 nuevos puestos de trabajo, que conllevarán un gasto de 1,28 millones de euros, como refleja la memoria económica de la proposición de ley. El Título VII desarrolla el principio de participación social en materia de familia, que corresponderá al Consejo Asesor Regional de Infancia y Familias; y la coordinación interadministrativa, para lo que se crea la Comisión Interdepartamental de Familias; y el Observatorio de las Familias que tiene como misión el conocimiento de las situaciones de las familias de la Región de Murcia y el impacto de las políticas adoptadas por la ley
De los seis títulos anteriores que la componen, la PPL consagra el primero a las disposiciones generales -objeto, ámbito de aplicación, objetivos y principios rectores-, así como el reconocimiento de la protección y derechos de las familias, y la renta familiar. El Título II detalla las familias de especial consideración, distinguiendo como tales a las familias numerosas, las que tienen personas mayores, con discapacidad o dependientes a cargo, o a las que están en situación de vulnerabilidad, haciendo especial referencia a las familias monoparentales. El tercero establece la distribución competencial, distinguiendo entre las atribuidas a la Administración Regional, bien a través del Consejo de Gobierno o de la Consejería competente en esta materia, a las Entidades Locales y a la cooperación entre las Administraciones Públicas y con las entidades privadas.
El Título IV contempla las medidas de prevención, protección y apoyo a las familias, y consta de tres capítulos. El primero contiene las medidas para las familias numerosas en cuanto a exenciones y bonificaciones, vivienda, servicios sociales y sanitarios, empleo, cultura, deporte, ocio, tiempo libre y asociacionismo. El segundo aborda las medidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que las relata de forma detallada, mientras el tercero refiere otras medidas de apoyo a las familias, haciendo hincapié en las prestaciones económicas previstas para proteger las situaciones derivadas del nacimiento del hijo, al desarrollo de la infancia o adolescencia o la protección de menores. Las medidas de apoyo a la infancia y la adolescencia, mediante la regulación de actuaciones en situaciones de riesgo y desamparo, los derechos y deberes de los niños y su vulneración, y estableciendo el servicio de atención temprana de carácter universal centran el Capítulo IV.
El Título V regula la protección de la maternidad y paternidad, recogiendo además medidas de asistencia y asesoramiento, priorizando la atención a mujeres embarazadas vulnerables y a personas en proceso de adopción o acogimiento de menores. El sexto de los títulos se consagra a la protección en materia de violencia familiar, exceptuando la protección integral contra la violencia de género, que ya está especialmente tratada en la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de 2007.