CCOO ha presentado demanda ante el Juzgado de lo Social contra la CHS por denegar al trabajo no presencial del 20%al delegado sindical Francisco Turrión (y presidente del Comité de Empresa de la AGE en la Región de Murcia)más de tres meses después de haberlo solicitado.
El 14 de octubre del año pasado el compañerosolicitó el trabajo no presencial del 20% al amparo de la resolución del Ministerio de 29 de septiembre de 2021 por Covid-19.
Los delegados de Prevención en aquel momento pidieron, entre otras cosas, que se autorizara el trabajo no presencial a los que ya lo había tenido autorizado antes. La secretaria general les contestó sobre este asunto que el silencio administrativo que operaba era el previsto en el artículo 3.2. del Real Decreto 1777/1994, de 5 de agosto, de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de gestión de personal. Allí se establece que,trascurridos 3 meses desde la solicitudde asuntos no regulados expresamente,el silencio se entenderá positivo.
Trascurrido ese plazo de 3 meses sin recibir respuesta a su solicitud, Francisco Turrión comunicó al presidente de la CHS que procedería a realizar trabajo no presencial por entender quehabía sido autorizada su solicitud por silencio positivo.
A lo que el presidente le notificaresolución denegatoria el 24-01-2022sin citar en su escrito la resolución de 29 septiembre y amparándose en otra anterior de 17 de junio de 2020 derogada y que no era objeto de la petición.
DesdeCCOOentendemos que no parece muy ajustado a Derecho que,si la resolución iba a ser denegatoria, la CHS esperara más 3 meses en comunicárselo. Lo quele ha causado una clara indefensión contraria al artículo 24 de la CE. Pues podría haber demandado varios meses antes si la CHS hubiera actuado con más diligencia en su respuesta ante algo tan importante para la salud como es el riego de contagio de la sexta ola de Covid 19.
Por último, recordamos que los 3 delegados de Prevención (UGT, CSIF y CCOO) registraron el 16-11-2021denuncia ante la Inspección de Trabajoen relación conla negativa del presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura a aplicarla Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 15 de septiembre de 2021 donde se posibilitael trabajo no presencial del 20%.