Un total de 330 familias se beneficiarán de las ayudas puestas en marcha por la Comunidad para gastos realizados en 2021

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La subvención, que asciende a 600.000 euros, se destina a familias numerosas de categoría especial, familias monoparentales y de parto o adopción múltiple

Un total de 330 familias se beneficiarán de las ayudas puestas en marcha por la Comunidad para gastos realizados en 2021

La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social ha destinado ayudas por un valor global de 600.000 euros a 330 familias, cuya finalidad es colaborar con los gastos ocasionados durante el año 2021 derivados de su composición, ya sean familias numerosas de categoría especial, monoparentales, parto o adopción múltiple.

Un soporte económico que, tal y como apuntó la vicepresidenta y consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, Isabel Franco, "trata de ayudar a todas aquellas familias que tienen especiales dificultades para afrontar los gastos derivados de cubrir las necesidades básicas y de conciliación".

Del total de ayudas concedidas y que se han notificado a las familias, 235 (71,21 por ciento) son de Familia numerosa de Categoría Especial; 93 (28,18 por ciento) de Familia monoparental, ascendiente único, exclusiva patria potestad, estado de viudedad o equiparado; y dos (0,60 por ciento) son de Familia con hijos de parto o adopción múltiple.

Los conceptos objeto de las ayudas, que tienen carácter no periódico y se otorgan por una sola vez durante el ejercicio económico correspondiente, sin superar en ningún caso los 2.500 euros, aunque el importe solicitado puede ser inferior a esta cantidad, son gastos de alimentación; tasas o precios de comedores en centros escolares públicos o concertados; gastos de vestido y calzado; farmacia y parafarmacia; higiénico-sanitarios y accesorios de puericultura.

Se incluyen también las cuantías relativas a la asistencia a centros de Atención a la Infancia; actividades extraescolares o extensión de horario para la conciliación de la vida familiar y laboral; así como gastos derivados de la contratación de personal para atención domiciliaria de personas dependientes a cargo y menores para la conciliación de la vida laboral y familiar.

Por su parte, el gasto que hagan las familias ha de estar realizado durante el año 2021. Las facturas para justificar la ayuda concedida deberán llevar como máximo fecha de 31 de diciembre de 2021 y las podrán presentar desde el 1 de enero de 2022 al 31 de marzo del mismo año, y en ningún caso se podrán aportar tickets de caja.

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