Esta organización sindical considera que la decisión adoptada por la Administración regional es absolutamente arbitraria y sólo atiende a motivos políticos y al interés propio del partido de gobierno.
El Juzgado Contencioso-Administrativo n.°4 de Murcia ha admitido a trámite la demanda presentada contra la orden del Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital que puso fin a la comisión de servicios de una Técnica de Gestión de la Dirección General de Juventud.
Todo apunta a que la razón última del cese de nuestra representada no guarda relación con su desempeño profesional sino que está en la esfera de lo puramente político, más concretamente, en los cambios producidos en el gobierno regional en la primavera de 2021 y en la participación política activa de la demandante como militante del partido político Ciudadanos, en el que desempeña un cargo orgánico de coordinadora local.
Como es público y notorio, el 10 de marzo de 2021 los diputados y diputadas de Ciudadanos y del PSRM-PSOE presentaron una moción de censura en la Asamblea Regional que terminó dando lugar a una escisión en el grupo político de Ciudadanos en la región y, tras el fracaso de la moción, una remodelación del gobierno regional. Entre los cambios introducidos en la estructura del ejecutivo autonómico estuvo la creación de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deporte y la correlativa supresión de la Consejería de Turismo Juventud y Deportes, con el consiguiente cese del Director General de Juventud y el nombramiento de un nuevo Director General vinculado al grupo escindido de Ciudadanos.
Con el citado cambio político, la recurrente pasó a convertirse en una persona incómoda para los nuevos responsables de la Dirección General de Juventud a causa de su afiliación política y por ello procedieron a acordar su cese sin que aparentemente exista y desde luego, no se haya invocado por la Administración, cualquier otra razón, ya sea vinculada al desempeño profesional de la demandante o las necesidades del servicio, que pueda explicar la finalización de la comisión de servicios.
Sorprende el grado de arbitrariedad de la resolución y el despotismo de la Administración, que procedió a acordar el cese de la recurrente en una decisión que no aporta justificación alguna para el cese y que a juicio de este sindicato supone un caso claro de desviación de poder al utilizar los recursos públicos para para fines particulares, propios de un partido y distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico.
Por tanto, desde Intersindical Servicios Públicos nos congratulamos de la decisión del Juzgado de la Contencioso-Administrativo de admitir nuestra demanda y esperamos se declare la nulidad del cese de nuestra representada, condenando a la Administración regional murciana a reponerla en el puesto de Técnica que le corresponde.