Hacienda aprueba una instrucción para que las EELL puedan cancelar la deuda pendiente con el Fondo en Liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores
El Gobierno de España, a través de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE), ha aprobado la asignación de 26,6 millones de euros para la financiación de las Entidades Locales de la Región de Murcia correspondientes a los compartimentos Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico del Fondo de Financiación a Entidades Locales.
De esa cantidad, 18,8 millones se destinan al Fondo de Ordenación y 7,8 millones de euros con cargo al Fondo de Impulso Económico. En el caso del Fondo de Ordenación, permite dotar de liquidez a las Entidades Locales con algún tipo de riesgo financiero, mientras que el Fondo de Impulso Económico atiende las necesidades de aquellas administraciones locales que están saneadas financieramente.
Desde finales de julio y hasta mediados de septiembre de 2020 los ayuntamientos en riesgo financiero han remitido sus solicitudes, comunicando sus necesidades financieras para ser atendidas en 2021, a efectos de su adhesión al Fondo de Ordenación y al Fondo de Impulso Económico. También los municipios ya adheridos con anterioridad al Fondo de Ordenación por encontrarse en situación de riesgo financiero han comunicado las necesidades financieras para ser atendidas en este ejercicio.
Las asignaciones establecidas se basan, por tanto, en las necesidades que han trasladado las propias Entidades Locales.
Distribución de los compartimentos
Los 18,8 millones de euros asignados en 2021 al compartimento Fondo de Ordenación se distribuyen de esta manera:
Corresponden 8.650.417,20 euros a ayuntamientos que se encuentran en riesgo financiero.
Se asignan 10.139.006,40 euros a ayuntamientos de la Región de Murcia que no se han podido refinanciar en condiciones de prudencia financiera.
Este compartimento atenderá las necesidades financieras derivadas de vencimientos, tanto de préstamos como de deudas, incluido las operaciones con el Fondo de Financiación del Pago a Proveedores, para financiar los reintegros en las liquidaciones de la Participación en Tributos del Estado; o para ejecutar sentencias judiciales firmes.
En cuanto a los 7.855.303,70 euros que son asignados en 2021 al compartimento Fondo de Impulso Económico, atenderán necesidades financieras derivadas de vencimientos de préstamos a largo plazo con entidades de crédito que financiaron Inversiones Financieramente Sostenibles (IFS); o ejecución de sentencias judiciales firmes.
En este acuerdo no se incluye la cobertura de las deudas con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, recogida en la Ley de PGE para 2021, que requerirá otro posterior acuerdo de Comisión Delegada y un procedimiento específico.
Condiciones de las operaciones
En la reunión de la Comisión Delegada de este viernes también se han aprobado las condiciones financieras de los préstamos y operaciones de crédito que se formalicen con cargo a ambos compartimentos. Los requisitos son similares a los contenidos en acuerdos de la CDGAE adoptados en 2020.
De esta forma, este ejercicio se establece un período de amortización de los préstamos que se suscriban con cargo al Fondo de Financiación a Entidades Locales hasta el 31 de marzo de 2031. Asimismo, se establece un período de carencia de dos años.
Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores
Por otro lado, el Ministerio de Hacienda ha aprobado y publicado una instrucción para que las Entidades Locales que tengan deuda pendiente con el Fondo en Liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores puedan concertar nuevas operaciones de endeudamiento para cancelarla, parcial o totalmente.
Este fondo, junto a los citados Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico, constituyen los tres compartimentos que componen el Fondo de Financiación a Entidades Locales.
De esta forma, Hacienda establecerá un procedimiento electrónico para la tramitación de las solicitudes que presenten estas entidades. Podrán presentar solicitudes hasta el 15 de diciembre de 2021 las administraciones locales que hayan firmado la liquidación del ejercicio 2020.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, habilita, en una de sus disposiciones adicionales, la posibilidad de que las Entidades Locales puedan concertar nuevas operaciones de endeudamiento para cancelar, parcial o totalmente, su deuda pendiente con el citado compartimento.
Para ello, deberán aportar, entre otros, los siguientes datos:
-Órgano que ha aprobado las nuevas operaciones de endeudamiento
-Fecha de esta aprobación, que no podrá ser anterior a la fecha de entrada en vigor de la Ley de PGE de 2021
-Importe global de las nuevas operaciones.
-Fecha de vencimiento de la nueva o nuevas operaciones a concertar.
Las Entidades Locales solicitantes que tengan ahorro neto negativo o un nivel de deuda superior al 75% deberán tener un Plan de saneamiento y/o de reducción de deuda.
Esta medida ayudará a aumentar la liquidez de las Entidades Locales y a consolidar la mejora de su situación financiera, al beneficiarse de unos tipos de interés más bajos.