SIDI ha obtenido un nuevo éxito judicial, con gran repercusión práctica para el colectivo de interinos/as, ya que el Juzgado de lo Contencioso n°1 de Murcia ha estimado íntegramente la demanda formulada por el sindicato SIDI y en virtud de la cual se declara ilegal y contrario a derecho el cese de los docentes interinos con anterioridad a la incorporación del funcionario de carrera que sustituye.
La Consejería había establecido y aplicaba una Orden en virtud de la cual, cuando el funcionario de carrera se reincorporara en lunes, el interino sería cesado el viernes así como cuando se reincorporaba el funcionario de carrera tras el periodo vacacional de Navidades o Semana Santa se le cesaba al interino antes de dichos periodos vacacionales, bajo el pretexto de que como no son días lectivos no se necesita que estén contratados (imaginemos que eso lo hiciera la empresa privada y cesara tras su jornada semanal al trabajador el viernes, para contratarle de nuevo el lunes y así ahorrase el pago del fin de semana que no presta trabajo efectivo).
El Magistrado comparte los argumentos del SIDI y que son:
Dicha actuación es manifiestamente contraria a la legislación estatal (EBEP)
Es discriminatoria para los docentes interinos ya que por el mismo trabajo cobrarían menos que los funcionarios de carrera ya que por trabajar de lunes a viernes los funcionarios de carrera también cobran sábado y domingo.
Dicha actuación privaba a los docentes interinos del descanso semanal retribuido al que tienen derecho.
Suponía dicha actuación, manifiestamente ilegal, un precedente muy peligroso que permitiría cesar a todos los docentes interinos los viernes y reincorporarlos el lunes ahorrándose 2/7 partes de su sueldo, es decir, decenas de millones de euros, bajo el pretexto de que como los sábados y domingos no se les necesita se les cesa.