La personas con interés por emprender que pertenezcan a uno de estos colectivos pueden formalizar sus solicitudes por vía telemática
Los jóvenes desempleados inscritos en Garantía Juvenil y los desempleados de larga duración con interés en emprender tienen hasta el 30 de octubre para solicitar la 'Cuota Cero +24', la ayuda impulsada por la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, a través del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), que reintegra las cuotas de la base mínima de cotización a la Seguridad Social de los dos primeros años de actividad como autónomos.
En concreto, el procedimiento incluye dos reintegros del SEF: el primero, transcurridos doce meses (se abona ese primer año de cuotas) y un segundo, a la conclusión de los 24 meses (se abonan las tarifas correspondientes a ese segundo año).
Además, esta subvención contempla una ayuda inicial de entre 2.000 y 3.500 euros para facilitar los primeros pasos de actividad. Ese incentivo en forma de ayuda económica será de 2.000 euros en el caso de los hombres, y de 2.500 euros para mujeres. Si el beneficiario es una persona con discapacidad, se encuentra en riesgo de exclusión social o es víctima de violencia de género o de terrorismo, recibirá 3.500 euros.
La directora general del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), Marisa López Aragón, subrayó que "con 'Cuota Cero +24' queremos apoyar a los desempleados de estos dos colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral para que no dejen atrás la idea de montar su propio negocio, al sentirse abrumados por los gastos iniciales que deben afrontar como autónomos. Todo su esfuerzo tiene que estar centrado en lo realmente importante, hacer viables sus proyectos".
Para ello, la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades ha dotado este año esta iniciativa, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, con 3.690.000 euros.
Requisitos para solicitarla
Para disfrutar de la ayuda, que está disponible desde el pasado mes de julio, los beneficiarios deberán estar dados de alta como autónomos durante un mínimo de dos años. Asimismo, pueden acogerse de modo retroactivo a 'Cuota Cero' los potenciales beneficiarios que se hayan establecido como autónomos a partir del 1 de octubre del pasado año.
Por su parte, los autónomos que estos últimos meses hayan recibido la prestación extraordinaria por cese de actividad que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal a consecuencia de la pandemia, pueden contar esos meses de parón para el cómputo total de los 12 meses requeridos para el reintegro de las cuotas pagadas a la Seguridad Social.
Igualmente, los interesados deben estar dados de alta como desempleados en el SEF en la fecha inmediatamente anterior a la del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA).
Los interesados aún pueden formalizar sus solicitudes por vía telemática, en apartados diferenciados de la web del SEF para cada uno de los dos colectivos: por un lado, jóvenes menores de 30 años, y por el otro, personas en paro durante al menos 12 de los últimos 18 meses. También pueden hacerlo a través de la sede electrónica de la Comunidad, en los enlaces Fomento Autoempleo Juvenil y Fomento del autoempleo para desempleados de larga duración.