Se trata de una trilogía de documentos elaborados por José Antonio Sanz, experto en seguridad y salud laboral, además de colaborador de la federación del metal.
Sanz ha realizado su trabajo a partir de las dudas planteadas por las empresas vinculadas a la federación del metal, ante la ausencia de textos de referencia.
Se propone que cada empresa elabore su plan de acción sanitaria con medidas organizativas, higiénicas, de protección, de limpieza y desinfección, de información a los trabajadores y de formación.
El experto en seguridad y salud laboral José Antonio Sanz ha elaborado la primera guía en España donde se informa sobre cómo deben actuar las empresas y los trabajadores para evitar contagios y combatir el coranovirus. La información se recoge en una trilogía de documentos, que surge de las dudas planteadas por las empresas y recopiladas por la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM).
La trilogía se publicó íntegra en abierto el lunes pasado en la web de FREMM, donde puede consultarse, coincidiendo con el paso de la Región a la Fase 1 del Plan de Desescalada y recogiendo las últimas medidas publicadas por el Gobierno de España el pasado fin de semana.
La guía da respuesta a las dudas que los empresarios del metal planteaban a FREMM en consultas telefónicas o en las videoconferencias organizadas durante el confinamiento, ante la incertidumbre existente entre el empresariado por su deseo en abrir sus negocios y el volumen de normativas, recomendaciones y criterios emitidos en las últimas semanas en materia sanitaria.
El resultado es una información práctica, ágil y didáctica sobre cómo proceder y comportarse en las empresas. Los documentos son"Aspectos relevantes de la actuación de las empresas frente al COVID 19", "Análisis práctico de las medidas frente al COVID 19", y "Medidas a adoptar frente al COVID 19 en la Fase I (Orden SND 399/2020 de 9 de mayo)".
José Antonio Sanz pone de manifiesto en su trabajo que la Covid-19 es un riesgo de salud pública y no un riesgo laboral, por lo que es competencia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social advertir a las empresas de la necesidad de adoptar medidas y, en caso de incumplimiento, es la autoridad sanitaria la que puede llegar a adoptar medidas sancionadoras e incluso a la suspensión o cierre de la actividad.
Plan individual
Además de lo anterior, José Antonio Sanz propone a las pequeñas y medianas empresas, así como a autónomos, elaboren su propio plan de medidas en función de los riesgos en su actividad para cumplir con las indicaciones trazadas por las autoridades sanitarias para evitar el contagio de los trabajadores.
Sanz plantea a las empresas que incluyan en su plan medidas claras de tipo organizativo, higiénicas, de protección, de limpieza y desinfección, así como de información a los trabajadores y de formación. Estas líneas deben ser trazadas previa consulta con los empleados y sus servicios de prevención.
En conjunto, las medidas a contemplar van desde la reducción de los turnos de trabajo, la limitación de los empleados en cada uno de ellos y la limitación en las zonas comunes, hasta una adecuada desinfección de las instalaciones y puestos de trabajo, junto al uso de mascarillas y guantes. Además, garantizar una óptima higiene de manos antes, durante y después de finalizar la jornada laboral con agua y jabón o con geles hidroalcohólicos.
Información
En la trilogía se aborda desde cómo es la forma de contagio y los síntomas para ir adentrándose en aspectos como los procedimientos de comunicación a los trabajadores especialmente sensibles y la necesidad o no de realizar una evaluación específica frente al coronavirus. Asimismo, trata sobre la posibilidad de utilizar los datos personales de los trabajadores y de realizar pruebas de diagnóstico de la enfermedad.
También se analiza en el amplio documento la necesidad de realizar o no una evaluación de riesgos laborales específica para la Covid, en las actividades donde la exposición a riesgos biológicos no es inherente a las condiciones del puesto de trabajo y, por tanto, no tiene la consideración de riesgo laboral o profesional.
En caso de las empresas con actividades en las que el riesgo de exposición al coronavirus tiene carácter laboral, Sanz señala que la información y formación debe impartirse conforme a lo previsto en los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Si no tiene carácter laboral, este procedimiento no les afecta.
Ante la confusión existente entre las empresas para distinguir cuándo usar mascarillas higiénicas o EPIs, el experto en seguridad y salud laboral sostiene que la elección va en función del nivel de riesgo al que esté expuesto cada trabajador dentro de la escala establecida por el Ministerio de Sanidad.
También se incide en los documentos en que el trabajador proceder a una adecuada utilización o retirada de los medios de protección, como pueden ser los guantes desechables y elementos de protección facial, a fin de evitar que pueda tocarse las manos, cara o zona exterior de los mismos, en el supuesto de haber entrado en contacto con el virus, pudiendo provocar el contagio. Asimismo, recomienda una adecuada higiene de manos, antes y después del uso del material.