La Comunidad recuerda la importancia de cumplir la guía de buenas prácticas en los establecimientos comerciales para la prevención del coronavirus. Desde la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía insisten en la obligación de cumplir las medidas de prevención en los establecimientos comerciales de alimentos.
La directora general de Comercio, Consumo y Artesanía, Carolina Espinosa, subrayó que “estamos en unos momentos especialmente complicados frente a la pandemia y, en nuestra labor de protección de los consumidores y también de los trabajadores, se van a realizar controles por parte de la Inspección de Comercio y Consumo para comprobar el estricto cumplimiento de las medidas de prevención establecidas para la zona de venta de los supermercados y establecimientos de alimentación”.
Entre las medidas de prevención obligatorias en la zona de venta se encuentra la de informar mediante cartelería de los procedimientos de higiene publicados por las autoridades sanitarias. En cuanto a la permanencia en los establecimientos comerciales, ésta deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan llevar a cabo la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad..
Para evitar el contagio se debe fomentar el pago a través de tarjeta y limpiar el TPV tras cada uso, utilizar guantes para cobrar y realizar un lavado frecuente con geles. Se deben extremar las medidas de seguridad y la frecuencia en la limpieza y desinfección, evitar la manipulación directa por parte de los clientes de los alimentos, especialmente los no envasados, y minimizar el uso del sistema de autoservicio, además de la utilización de guantes desechables.
Asimismo, es importante evitar que el personal que manipule dinero u otros medios de pago despache simultáneamente alimentos. La distancia entre el vendedor-cliente y entre clientes debe ser de al menos un metro, así como respetar un aforo máximo.
Seguridad y limpieza
En cuanto a la limpieza, en el caso de picos con afluencia masiva de clientes, se deberá esperar fuera del establecimiento. Se informará claramente a los clientes, mediante megafonía, sobre las medidas organizativas y la necesidad de cooperar, además de marcar una línea de seguridad en el suelo tanto en la zona de caja como en la venta directa al consumidor de forma que se asegure la distancia entre cliente-producto- personal del local.
Se recomienda el uso de mamparas o elementos físicos que aseguren la protección del vendedor y el cliente. Si el producto se encuentra expuesto directamente al cliente sin envasar, se deberá proteger en vitrinas bien sean de plástico, cristal, metacrilato o de cualquier otro material que garantice su higiene. En el caso de frutas y verduras en autoservicio, deberán recogerse recomendaciones respecto al lavado y tratamiento del producto y el uso de guantes desechables.
Desde los establecimientos de alimentación se debe facilitar entregas a domicilio, únicamente realizadas por pago ‘on line’ para evitar el uso de efectivo, y preferiblemente depositar la entrega en la puerta del domicilio, sin acceder a la vivienda. Al personal de reparto se le facilitará gel o solución alcohólica sustitutiva del lavado de manos. Asimismo, se recomienda mantener en óptimo estado de limpieza el transporte utilizado para el reparto.
Así, deben disponer de papeleras con tapa y pedal para depositar pañuelos y otro material desechable que deberán ser limpiadas de forma frecuente. En las estaciones de servicio o gasolineras se debe asegurar el uso de guantes desechables para el repostaje de carburante.
En el caso de devolución de productos, se debe proceder a su recogida con guantes desechables y llevar a cabo su desinfección o mantenerlos en cuarentena antes de ponerlos a la venta si es posible.
Igualmente, se recomienda el lavado previo de los productos antes de su uso..