La reunión del Comité de Seguimiento Covid_19 del martes 31 de marzo ha analizado el desarrollo de la actividad durante el día después al fin de la moratoria que el Real Decreto Legislativo concedió en el texto definitivo publicado el 29 de marzo.
Este comité observa con estupor las difíciles situaciones que se han creado como consecuencia de la falta de concreción del actual ejecutivo central. Por cada norma que emana del Gobierno de España surgen órdenes continuamente para aclarar el contenido de los Reales Decretos y de los Reales Decretos Leyes que han inundado las páginas del BOE de los últimos 15 días.
Claro que la situación del estado de alarma, como consecuencia de la pandemia del Covid_19, genera modificaciones en las circunstancias a las que es preciso adaptarse por medio de las órdenes de las autoridades delegadas del Gobierno, pero hubiera sido deseable que no se hubiera sembrado tantas dudas.
La orden del Ministerio de Sanidad SND/307/2020 ha aclarado que los trabajadores autónomos cuya actividad no haya sido paralizada por el RD 463/2020 que declaró el estado de alarma, pueden seguir desarrollando su actividad con normalidad, por lo que no están sometidos a las limitaciones de movilidad. Es decir, las actividades no esenciales pueden ser desarrolladas con normalidad por autónomos, pero no por trabajadores por cuenta ajena.
Esta increíble situación nos ha dejado hoy la siguiente instantánea: los empresarios, titulares de las empresas y en el régimen de trabajadores autónomos, pueden desarrollar su actividad con normalidad, pero no pueden disponer de sus trabajadores. Los trabajadores autónomos que además tienen contratados trabajadores por cuenta ajena pueden trabajar, pero tampoco pueden disponer de sus trabajadores. La cuestión es que los autónomos no saben qué hacer. No pueden acogerse a un cese de actividad mientras tengan que mantener el empleo y conceder un permiso retribuido con carácter obligatorio a sus empleados.
No han sido pocas las llamadas que FRECOM ha recibido para confirmar que podían desplazarse con normalidad, incluso se preguntaban qué documentación debían llevar consigo para acreditar que son trabajadores autónomos.
Desde la Delegación del Gobierno nos han confirmado que los trabajadores autónomos pueden trabajar y para acreditar que se es autónomo hay que llevar el último recibo de autónomo y una declaración responsable firmada por el propio autónomo a sí mismo diciendo que es autónomo e identificar la obra a la que se desplaza.
En otro orden, se ha generado un debate sobre la posibilidad o no de presentar un ERTE por causa de fuerza mayor durante el periodo que dura este permiso retribuido de carácter obligatorio. La interpretación de este comité, en sintonía con la interpretación que, por lo menos hasta ayer 30 de marzo de 2020, hacía la Confederación Nacional de la Construcción, es que NO se puede presentar ningún ERTE por causa de fuerza mayor. Sin embargo, han surgido hoy artículos en prensa de expertos en derecho laboral que consideran que sí se puede.
La confusión viene de la redacción del artículo 1.2.c).ii) del Real Decreto Ley 10/2020 que dice que no se aplicará el permiso retribuido a los trabajadores cuando durante el periodo de vigencia de este permiso (del 30 de marzo al 9 de abril) se autorice un ERTE por causas de fuerza mayor. Para los profesionales del derecho laboral mencionados, esto significa que se puede presentar dicho ERTE, pues de otro modo no se puede autorizar.
Para este comité, la redacción del RDL 10/2020 distingue 3 casos en total en que se exceptúa el permiso retribuido: 1.- cuando ya se está aplicando la suspensión del contrato por un ERTE concedido antes de la entrada en vigor del RDL 10/2020. 2.- cuando se ha presentado la solicitud de ERTE antes pero no se ha recibido resolución autorizándolo, es decir, mientras se tramita y 3.- cuando se ha autorizado el ERTE durante el periodo de vigencia del permiso retribuido.
Este tercer caso se ha mencionado expresamente para diferenciar el resultado de la solicitud presentada antes de la entrada en vigor que se notifica durante el periodo de vigencia del permiso retribuido. Si no se autoriza el ERTE, se aplicará el permiso retribuido con carácter retroactivo desde el 30 de marzo. Si se autoriza, se suspenderá el contrato y no se aplicará el permiso retribuido, que es exactamente lo que dice el artículo 1.2.c).ii).
Así mismo, se ha tenido problemas con la interpretación de lo que es una actividad indispensable para la cual se puede destinar un mínimo de plantilla. La orden del Ministerio de Sanidad mencionada ha aclarado que será la empresa la que decida qué trabajadores incluye en ese mínimo de plantilla y ha publicado un anexo con una declaración responsable que la empresa tiene que expedir al trabajador que vaya a formar parte de ese mínimo de plantilla para que pueda justificar su desplazamiento.
La cuestión es que no se ha aclarado lo que, por ejemplo, en nuestro sector es una actividad indispensable, lo que ha dado lugar a que las empresas que han enviado a trabajadores a realizar labores de vigilancia de las obras para evitar accidentes o robos, se hayan visto sorprendidos por las instrucciones de la Guardia Civil de que tienen que volver a sus casas.
El apoyo de CROEM con el Delegado del Gobierno ha permitido cambiar el criterio y permitir que la vigilancia de las obras se considere una actividad esencial. Así lo está considerando también un borrador de orden de la Dirección General de Carreteras que esperamos se publique entre hoy martes 31 de marzo y mañana miércoles 1 de abril.
Este comité quiere agradecer al Delegado del Gobierno y a todo su equipo la excelente labor que está realizando, su cercanía, el nivel de interlocución y su destacable implicación para la solución de conflictos, así como la adecuada interpretación de las actuaciones que se deben llevar a cabo por parte de los profesionales del sector ante la casuística tan diversa que se está produciendo con motivo del Covid_19.
Por parte de FRECOM continuamos ofreciendo toda la información, así como las aclaraciones posibles a los empresarios de la construcción ante tanto desconcierto, pero necesitamos un impulso del Gobierno de España terminando con este ejercicio de improvisación que nos ha cogido a contrapié y no se está gestionando con la solvencia necesaria para dar respuesta a la incertidumbre generada.
El comité de seguimiento observa que las líneas de financiación ICO y los avales ofrecidos por Aválam están experimentando un incremento importante de las solicitudes de información. Queremos destacar que Aválam contempla las actividades del sector de la construcción, a excepción de las actividades inmobiliarias. Este comité de seguimiento a través de la información y del personal de FRECOM puede facilitar información de las entidades que ofrecen la financiación.
Durante los próximos días estaremos pendientes de la evolución de todas aquellas obras que se hayan considerado esenciales y de lo que finalmente se acoja como servicios mínimos indispensables.
A continuación, os presentamos el décimo informe del Comité de Seguimiento Covid_19:
RELACIONES INSTITUCIONALES
Las asociaciones que componen FRECOM están preparando informes relativos a las necesidades y dificultades que las empresas están afrontando estos días para transmitirlas a los responsables correspondientes de la administración central. También se están elaborando propuestas de las medidas necesarias que hay que adoptar ahora para estar preparados cuando se reanude la actividad.
Respecto a las relaciones con la administración regional, seguimos en contacto con la Delegación del Gobierno, CROEM, Consejería de Fomento y Gobierno Regional a los efectos de conseguir comunicar las consecuencias de las decisiones adoptadas los últimos días por el Gobierno de España.
INCIDENCIAS OBSERVADAS
- La construcción está paralizada en un 90% sólo desarrollan obras públicas declaradas de emergencia y la actividad de trabajadores autónomos que no necesitan personal adicional.
- Las empresas de suministro de materiales abiertas para el abastecimiento de las obras de emergencia tienen dudas sobre la posibilidad de suministrar a los autónomos que tienen confirmada la continuación de su actividad.
- Han existido problemas con la vigilancia de las obras a primera hora del día que se han podido solucionar.
- Los autónomos tienen dudas sobre si pueden realizar su actividad con normalidad.
ACCIONES DE FRECOM
El personal de FRECOM ha realizado con éxito 48 encuestas telefónicas, que suman a las 392 encuestas que se realizaron en días pasados, y hacen un total de 440 encuestas.
En el día de hoy, el SAI Covid_19, nuestro Servicio de Atención e Información al Sector, ha respondido por teléfono, email o WhatsApp un total de 75 consultas, siendo el resultado el siguiente:
- Muchos autónomos se preguntan si pueden continuar trabajando con normalidad.
- Los empresarios preguntan en cada caso concreto si se trata de una actividad esencial.
- Algunos empresarios se preguntan si los servicios de mantenimiento de determinadas instalaciones privadas se pueden seguir desarrollando, dado que desplaza a poco personal y no es una actividad diaria.
- Las empresas se preguntan si las reparaciones urgentes, relacionadas con impermeabilización de fachadas o roturas de canalizaciones, se pueden considerar actividades esenciales.
- Existen dudas sobre la posibilidad de presentar un ERTE por causa de fuerza mayor o no a partir del 30 de marzo.
MEDIDAS ECONÓMICAS
El comité de seguimiento Covid_19 sigue trabajando en la ampliación de las medidas económicas que se han propuesto hasta la fecha en informes anteriores para identificar las que exigirá a cada una de las administraciones (nacional, autonómica y local) y cuya heterogeneidad requiere analizar la casuística de cada subsector detenidamente.
Este comité de seguimiento invita a todos los profesionales del sector a incorporar propuestas para incluir en el informe de medidas a solicitar.
Como cada día, os rogamos que cuidéis de vuestra salud y la de vuestros trabajadores siguiendo las medidas de prevención adecuadas.
Juntos construimos futuro
Comité de Seguimiento Covid_19 de FRECOM