Medio Ambiente autoriza un proyecto de ampliación de superficie para evaporación solar en Jumilla a la empresa Jumsal

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Las actuaciones contemplan la construcción de diez nuevas balsas de evaporación y un embalse de captación de pluviales para la producción y comercialización de todo tipo de sales alimentarias de alta calidad

Medio Ambiente autoriza un proyecto de ampliación de superficie para evaporación solar en Jumilla a la empresa Jumsal

La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente ha tramitado la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de ampliación de superficie para evaporación solar en el paraje 'Venta del Capitán', en el término municipal de Jumilla, a solicitud de la empresa Jumsal, para la producción y comercialización de todo tipo de sales alimentarias de alta calidad mediante la explotación del diapiro salino de su propiedad.

El proyecto consiste en la construcción de diez nuevas balsas de evaporación y un embalse de captación de pluviales que se integrarán en las actuales instalaciones de Jumsal y darán servicio a la planta de cristalización solar de la mercantil. Las nuevas balsas tendrán forma rectangular, con una ligera inclinación trapezoidal para su mejor adaptación a las curvas de nivel, con unas medidas promedio de 120 x 80 m para los cristalizadores y de 110 x 89 m para la balsa de captación.

La compañía tiene en operación cuatro pozos para la producción de salmuera saturada (más de 1000 metros cúbicos diarios). Este es un proceso de disolución en mina inyectando agua dulce en profundidad y disolviendo la sal presente en el diapiro. Se forman cavidades de las que posteriormente se extrae la salmuera para su evaporación solar en estanques o evaporación en planta de termo-compresión de alta tecnología. Tiene una capacidad productiva anual de aproximadamente 100.000 Tm, de las cuales el 20 por ciento se comercializan en mercados internacionales.

Declaración de impacto ambiental

La Declaración de Impacto Ambiental establece que, para una adecuada protección del medio ambiente y de los recursos naturales, se deberán cumplir las medidas protectoras y correctoras y el Programa de Vigilancia contenidos en el Estudio de impacto ambiental presentado, además de las prescripciones técnicas, las cuales prevalecerán sobre las propuestas por el promotor en caso de discrepancia.

El Programa de Vigilancia a seguir se corresponderá íntegramente, y de forma imprescindible, con el que la Autorización Ambiental Integrada establezca. En consecuencia, ésta debe velar por que la actividad se realice según proyecto y según el condicionado ambiental establecido, tendrá como objetivo minimizar y corregir los impactos durante la fase de explotación de la actividad, así como permitir tanto la determinación de la eficacia de las medidas de protección ambiental establecidas (medidas correctoras y/o preventivas y Mejores Técnicas Disponibles), como la verificación de la exactitud y corrección de la Evaluación de Impacto Ambiental realizada.

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