El vicario judicial de la diócesis de Cartagena, Gil José Sáez, ha presentado esta mañana los datos del Tribunal Eclesiástico sobre nulidades matrimoniales. Durante este año se han recibido 124 visitas al Tribunal para iniciar el proceso de nulidad, de las cuales se denegó la viabilidad de un 6%.
Hasta la fecha, en 2019 se han ejecutado 75 sentencias. En 69 de ellas se ha declarado que el matrimonio fue nulo, una de ellas ha sido apelada al Tribunal Metropolitano de Granada por parte de la demandada; y en 6 sentencias se ha declarado la validez del matrimonio, 3 de las cuales han sido apeladas al Tribunal Metropolitano de Granada.
El vicario judicial ha explicado que los motivos más frecuentes por los que se pide la nulidad matrimonial son tres: por grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio; por incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causa de naturaleza psíquica; y por exclusión del bonum fidei (exclusión de la fidelidad).
Gil José Sáez ha hecho especial hincapié en afirmar que un proceso de nulidad matrimonial no cuesta más de 2.668 euros, si los letrados son del propio Tribunal. En este precio se incluyen los derechos del Tribunal (1.169 euros), los honorarios de los letrados (1.021 euros) y los honorarios de los peritos (cuyas tasas varían de 239 a 478). El Tribunal ofrece además una reducción en las tasas entre el 25% y el 75%, si los letrados y peritos pertenecen al propio Tribunal. Además, el proceso puede ser gratuito para quienes acrediten una precaria situación económica. “Si el que solicita la nulidad contrata por su cuenta un abogado se encarecerá el precio total dependiendo de lo que pida el letrado”, ha remarcado Sáez.
Este año también se han facilitado datos sobre la solicitud de nulidad según edad y sexo. De las 65 causas que han cursado entrada este 2019, 32 han sido solicitadas por el esposo y 33 por la esposa. Referente a las edades, 21 se han solicitado en torno a los 30-39 años de los cónyuges y 26 entre los 40-49 años. Asimismo, Sáez ha detallado que 26 de esas causas que han cursado entrada este 2019, se han solicitado durante los 5 primeros años de matrimonio; 17, entre 5 y 10 años; y 12, entre 10 y 15 años.
Con respecto al proceso breve, que se puso en marcha hace cuatro años, a través del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus del papa Francisco, en la diócesis de Cartagena se han cursado tan sólo dos: uno en 2016 y otro en 2019. Para que se ponga en marcha este proceso, es necesario que ambos cónyuges presenten de forma conjunta la demanda de nulidad o que la presente uno con el consentimiento del otro.