El delegado del Gobierno, Francisco Jiménez, ha destacado hoy la celeridad del Gobierno de España para dar respuesta a las necesidades urgentes de todos los afectados por las lluvias torrenciales e inundaciones de la semana pasada y ha lanzado un mensaje al resto de administraciones para que demuestre la misma implicación a la hora de aportar soluciones complementarias y orientar convenientemente a los ciudadanos en las gestiones y trámites necesarios para la percepción de las ayudas aprobadas.
Francisco Jiménez ha recordado que el Real Decreto que hoy ha publicado el Boletín Oficial del Estado ha declarado “zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil” a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dicho decreto permite adoptar una serie de medidas urgentes por parte de nueve ministerios para paliar los daños personales y materiales causados por los diferentes siniestros que han azotado a diferentes regiones de España, incluida la Región de Murcia.
Jiménez ha señalado que el Gobierno de España sólo ha tardado una semana en responder con urgencia a los acontecimientos provocados por la DANA, lo que demuestra su convicción de dar una respuesta rápida y eficaz del sector público ante acontecimientos de esta naturaleza que han afectado a las personas, infraestructuras y economía productiva de la Región.
“Los ciudadanos de la Región, las empresas y las ayuntamientos no pueden esperar semanas o meses, como ha ocurrido en otras ocasiones, para empezar a poner en marcha las medidas. Es absolutamente prioritario comenzar a gestionar las ayudas que ha aprobado el Gobierno de España para poder recuperar la normalidad en todos los municipios que se han visto afectado y no alargar una situación que no permite demoras”, ha declarado.
En este sentido anunció que el próximo lunes se reunirá con el Gobierno Regional y la Federación de Municipios de la Región para poner en marcha y articular los mecanismos de información y tramitación de todas las medidas.
Además, a partir de la semana que viene, el delegado del Gobierno, acompañado de los técnicos de Protección Civil, se reunirá con todos los ayuntamientos afectados para abordar las medidas acordadas por el Gobierno de España, aclarar todas las dudas que surjan y acelerar la tramitación los máximo posible.
Medidas que contiene el Real Decreto de aplicación en la Región de Murcia:
1) Daños materiales y personales
-Ayudas dirigidas a paliar los daños personales o materiales sufridos por las familias en su vivienda habitual o en sus enseres de primera necesidad y por las comunidades de propietarios en los elementos comunes, así como los causados en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios.
-Gastos de emergencias realizados por las corporaciones locales y compensación a las personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes a requerimiento de la actividad competente.
-Ayudas para la producción agrícola y ganadera
Todas estas ayudas tendrán carácter subsidiario y complementario a las indemnizaciones abonadas por las entidades aseguradoras o el Consorcio de Compensación de Seguros y serán tramitadas por la Delegación del Gobierno y su plazo de solicitud será de dos meses desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley.
2) Daños en infraestructuras
-Restauración del dominio público marítimo terrestre en el litoral de la Región
-Restauración del dominio público hidráulico.
-Declaración de emergencia para reparar los daños ocasionados en las infraestructuras de ADIF, AENA, Renfe, Carreteras y Puertos .
-Financiación del 50% del coste de la reparación de los daños en infraestructuras municipales y en la red viaria de la Comunidad Autónoma. Esta ayuda es similar a las concedidas en las inundaciones del año 2016 por el gobierno de España.
3) Beneficios fiscales y medidas laborales
-Exenciones en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
-Reducciones en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas.
-Exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la percepción de las ayudas por daños personales.
-Medidas específicas para la protección de las personas trabajadoras por cuenta propia y asimilarla a la de las personas trabajadoras por cuenta ajena.
-Medidas destinadas a facilitar la percepción de las prestaciones por desempleo: no se computara para los trabajadores, a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos de prestaciones por desempleo
-Otras medidas destinadas a facilitar la percepción de las prestaciones por desempleo en situaciones amparadas por el Real Decreto Ley.
-Moratoria de hasta un año, sin interés, en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta correspondientes a tres meses naturales consecutivos
-Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias