SIDI interpone un recurso contra la Orden que establece el procedimiento de la Carrera Profesional Docente en la CARM

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En el día de ayer, 1 de abril se publicó la Orden que establece el procedimiento específico de reconocimiento del Tramo I de la Carrera profesional en base al acuerdo alcanzado en Mesa General en la que no se incluye a los funcionarios interinos, ni a los funcionarios en prácticas; aunque si al profesorado de religión.

La Carrera Profesional consiste en un complemento retributivo por tramos de antigüedad vinculados a dos componentes, por un lado, la realización de horas de formación (en educación sexenios) y por otro a la evaluación del desempeño docente

El Servicio Jurídico de SIDI ha interpuesto en el día de hoy un recurso contra la misma, ya que considera que los funcionarios interinos deben tener el mismo derecho a optar a la carrera profesional que un funcionario de carrera puesto que desempeñan las mismas funciones, y a igual trabajo igual salario; no puede ser la administración quien precisamente incumpla este axioma básico de equidad.

Si se buscó una solución para el profesorado de religión en la Mesa General, incluyendo un punto específico para este profesorado que, si cobrara la carrera profesional, aunque sin embargo no fueron capaces de encontrar solución alguna para el amplio colectivo de interinos docentes de la Región de Murcia que no cobraran la carrera profesional, desde SIDI entendemos esto como algo inadmisible y haremos todo lo posible para revertir esta situación.

Además, en la Orden solo queda definido el primer tramo, por lo que se desconoce cómo se desarrollará el resto de tramos y en que consistirá la "evaluación del desempeño docente"; por tanto, a día de hoy, ningún docente sabe cómo va a ser.

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