En el inicio del actual Gobierno, STEs-i exigió a Pedro Sánchez y a la ministra Isabel Celaá la retirada urgente de los recortes educativos impuestos por el anterior ejecutivo del PP por la imperiosa necesidad de recuperar y mejorar la calidad educativa de la educación pública. Esta reversión se hubiera podido implementar en el actual curso en marcha si se hubiera ejercido a través de un Real Decreto-Ley, pero la nueva norma, la aprobada el pasado jueves 21 por el Congreso de los Diputados, no será efectiva en general hasta el curso 2019/2020.
La ministra de Educación anunció, como una de sus primeras y más importantes medidas, la reversión de los recortes que venía padeciendo el sistema educativo desde la etapa del gobierno anterior. Concretamente, se anunció la inmediata derogación del Real Decreto Ley 14/2012 y la posibilidad de que las Administraciones con competencias educativas pudieran anticipar las consecuencias de este cambio a lo largo del curso actual.
Desde entonces, en algunos territorios, las respectivas Consejerías de educación ya han eliminado la espera de los 10 días lectivos para cubrir sustituciones de profesorado y ya han empezado a reducir las ratios y las horas lectivas del profesorado de Infantil, Primaria y resto de enseñanzas.
Con la nueva ley aprobada, que deroga el RDL 14/2012, y según su misma nota de prensa, "el Gobierno pretende devolver al sistema, de forma gradual, la normalidad y los recursos recortados durante la crisis económica”, desaprovechando, a juicio del sindicato, la oportunidad de mejorar la normativa más allá de la LOE, mientras deja a criterio de las comunidades autónomas la carga lectiva del profesorado.
La primera de las tres medidas establecidas en el único artículo de que consta la ley, resitúa las ratios del alumnado por aula a lo establecido por la LOE, eliminando el incremento del 20 % permitido por el RDL 14/2012. Hubiera sido deseable, para STEs-i, que las ratios hubieran podido restablecerse con criterios más pedagógicos en beneficio de la calidad educativa y la igualdad de oportunidades del alumnado.
La segunda medida, aunque la ley tiene carácter básico y de obligado cumplimiento para las administraciones territoriales, burla este principio al ”recomendar” a las mismas que las cargas lectivas sean como máximo de 23 horas para el profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial y de 18 horas para el resto de enseñanzas, recomendación que no evita que pueda mantenerse lo establecido en el RDL 14/2012. STEs-i ha defendido esta reclamación ante el MEFP y en el Consejo Escolar del Estado, donde fue aprobada.
La tercera medida, referente a las sustituciones del profesorado, deja sin efecto la espera de 10 días y obliga a que éstas se realicen de inmediato desde el momento de la baja de la persona titular.
Por último, la ley tampoco recoge una de las demandas de STEs-i, avalada por el Consejo Escolar del Estado, la necesidad de un artículo transitorio para que aquellos territorios que han priorizado recuperar la calidad educativa y desde el 1 de septiembre han reducido las ratios y el horario lectivo del profesorado, obtengan soporte legal para mantener estas medidas. Las implicaciones pueden ser muy importantes, tanto desde la perspectiva laboral, en tanto que han aumentado las plantillas para hacer frente a los horarios que son necesarios cubrir y multitud de docentes pueden ver cuestionado el futuro de sus contratos, como desde la perspectiva jurídica, al verse expuestos a posible denuncias, problemas con la Intervención, etc.