La viceportavoz del Grupo Parlamentario Popular, Isabel Mª Soler, ha afirmado tras conocer los reparos constitucionales que el Gobierno de España ha puesto a la Ley de Comunicación y Publicidad Institucional promovida en la Asamblea Regional por Óscar Urralburu que "se vuelve a demostrar que Podemos ha presentado leyes en esta legislature que dan la espalda a la Constitución, con un claro desconocimiento de la normative ´basica estatal", ha añadido para recorder otras iniciativas legislativas cuestionadas por órganos administrativos jurídicos y administrativos superiores como la Ley de Vivienda y la ley para la creacion de una oficina antifraude. Respecto a este ultimo caso, Soler ha dicho que los servicios jurídicos de la Cámara autonomica "alertan de que adolece de muchos defectos de inconstitucionalidad e incluso, atenta contra la separación de poderes".
La viceportavoz parlamentaria ha afirmado que "desde el Partido Popular siempre dijimos que era una ley de mínimos, que se perdió la oportunidad de hacer una buena ley porque el texto era manifestamente mejorable y el Gobierno regional estaba mucho más avanzado de lo recogido en la norma".
Soler ha remarcado que "desde el minuto uno la propuesta de Podemos no gustaba a ningún grupo parlamentario", lo que queda reflejado en que se presentaron 79 enmiendas a una ley de 14 artículos. Y ha recordado que 48 fueron presentadas por el PSOE y 25 por el Partido Popular "no nos admitieron ninguna", ha dicho para añadir que "desde el PP teníamos claro que habia cuestiones recogidas con dudas de consttiucionalidad que la final han salido a la luz".
Cabe recorder que el Gobierno de España ha planteado al Gobierno de la Región de Murcia una reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con el fin de resolver en el cauce de la cooperación las dudas existentes sobre los artículos 7.9 y 10 de la citada ley en la que el Estado ha detectado que son contrarios a la legislación básica estatal en materia de contratos.
En concreto, el artículo 7.9 hace referencia a los criterios de contratación de la publicidad institucional, soportes y medios de difusión y dice "queda prohibido el pago en paraísos fiscales y la contratación de empresas que hagan usos de estos".
Y el artículo 10 se refiere a que "no se insertarán espacios de publicidad institucional en aquellos medios de comunicación que contengan anuncios de prostitución, contactos, comercio sexual y/o reproduzcan contenidos vejatorios relacionados con la imagen de las mujeres, y por tanto, atenten contra su dignidad, banalicen o inciten a la violencia contra las mujeres".