Los promotores ya pueden presentar las solicitudes de ayudas para la construcción de viviendas destinadas al alquiler

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La secretaria general de la Consejería de Fomento se reúne con empresarios para informarles del Plan de Vivienda 2018-2021

Los promotores ya pueden presentar las solicitudes de ayudas para la construcción de viviendas destinadas al alquiler

Los promotores inmobiliarios de la Región de Murcia tienen hasta el 30 de octubre para presentar las solicitudes de ayudas para la construcción de viviendas destinadas al alquiler, que tendrán que ir acompañadas por una descripción de la actuación y un estudio de viabilidad. La Consejería de Fomento ya ha recibido peticiones de subvención para la construcción de 408 viviendas de alquiler, de las cuales 269 irán destinadas a personas mayores de 65 años.

Estas subvenciones están enmarcadas en dos programas de fomento del parque de viviendas al alquiler del Plan de Vivienda de la Región de Murcia 2018-2021. Existen dos líneas de ayudas sobre esta materia, una destinada a personas con escasos recursos económicos y otra para personas mayores de 65 años o personas con discapacidad.

La secretaria general de Fomento e Infraestructuras, Yolanda Muñoz, acompañada por el director general de Ordenación del Territorio, Arquitectura y Vivienda, José Antonio Fernández Lladó, presentó las novedades de este plan, que cuenta con una inversión total de 80 millones de euros, al presidente de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región de Murcia (Apirm), José Hernández, y su junta directiva.

Yolanda Muñoz explicó que una vez presentada la documentación requerida a los promotores de las viviendas, se trasladará a la Comisión Mixta del Plan de Vivienda de la Región de Murcia, que, durante este año, deberá resolver la solicitud y conceder las ayudas para que estos puedan comenzar la construcción de los edificios.

El objetivo de las ayudas del programa general es fomentar el parque de viviendas (nuevas o procedentes de la rehabilitación) destinadas al alquiler o cedida en uso, tanto de titularidad pública como privada, durante un plazo mínimo de 25 años. En el caso del destinado a personas mayores y personas con discapacidad, también incluye la rehabilitación para destinarlas durante un plazo mínimo de 40 años al alquiler o la cesión de uso.

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