La Policía Sanitaria Mortuoria autoriza 475 traslados de cadáveres y restos mortales entre enero y octubre

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La Consejería de Salud tiene registrados 58 tanatorios en la Región

Este servicio regula toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos humanos

La Policía Sanitaria Mortuoria, servicio dependiente de la Consejería de Salud, concedió 475 autorizaciones sanitarias de traslado de cadáveres y restos desde el 1 de enero hasta el 30 de octubre del presente año. Durante 2016, llevó a cabo 694 de estas autorizaciones.

De los permisos de este año, un total de 300 consistieron en autorizaciones de traslado de cadáver (225 a otras comunidades autónomas y 75 al extranjero, 45 de estos últimos a Marruecos y Ecuador), 26 autorizaciones de exhumación de cadáver (22 para su posterior reinhumación en el mismo cementerio y 4 para su traslado y reinhumación en otro cementerio de la Región) y 362 autorizaciones de exhumación y traslado de restos mortales. Otros seis permisos se concedieron para traslado de restos humanos.

Por otra parte, este año se han emitido informes sanitarios favorables referentes al proyecto técnico de instalación de un velatorio en el municipio de Ricote y al proyecto de ampliación del cementerio municipal de Fuente Álamo.

El director general de Salud Pública y Adicciones, José Carlos Vicente, destacó la labor de este servicio público y señaló que la Policía Sanitaria Mortuoria "es un departamento de la sanidad pública de enorme importancia, que vela por el buen desarrollo y la protección de la salud en actividades como el traslado, exposición, depósito, inhumación, cremación o exhumación de cadáveres o restos humanos". La Dirección General desarrolla las funciones de inspección y control de todas estas actividades o servicios.

Tanatorios

La Dirección General de Salud Pública participa en el grupo de trabajo de Sanidad Mortuoria del Ministerio de Sanidad para la elaboración de una normativa de consenso sobre esta materia y en la actualización del Registro de Tanatorios de la Región de Murcia, que actualmente son 58.

La Sanidad Mortuoria comprende la regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos humanos, así como las condiciones técnico-sanitarias en que las empresas funerarias, cementerios, tanatorios, velatorios y crematorios deben prestar sus servicios.

En la Región de Murcia, estas actividades están reguladas por el Decreto 2263/74, de 20 de julio, que aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, y la Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo, de 7 de junio de 1991, por la que se dictan normas sobre Policía Sanitaria Mortuoria.

En términos profesionales, se entiende por cadáver el cuerpo humano durante los cinco años siguientes al fallecimiento y restos mortales lo que queda del cuerpo humano una vez transcurridos los cinco años siguientes a éste. Esto se computa desde la fecha y hora que figure en la inscripción de defunción del Registro Civil. En cuanto a restos humanos, se trata de los de entidad suficiente, procedentes de abortos, mutilaciones e intervenciones quirúrgicas.

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