Las familias podrán recibir 200 euros mensuales durante doce meses y un importe global de 2.400 euros al año
Las ayudas al alquiler cubrirán hasta el 40 por ciento del coste anual que una familia con escasos recursos económicos paga por una vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 euros mensuales y de 2.400 euros al año.
La directora general de Ordenación del Territorio, Arquitectura y Vivienda, Laura Sandoval, subrayó hoy en Cartagena, durante la presentación de la actual convocatoria de ayudas a representantes de colectivos sociales que son "un apoyo imprescindible para las familias con menos recursos y un deber y compromiso irrenunciable del Gobierno regional para atender a las personas que más nos necesitan".
"Nuestro objetivo es estar al lado de las familias ofrecerles apoyo y ayudarles a mejorar su futuro", reiteró Sandoval y animó a presentar las solicitudes a estas ayudas del Plan de Vivienda 2017, que están dotadas con 4,5 millones de euros.
La directora general resaltó el "gran esfuerzo" realizado en esta convocatoria, que "aumenta un 80 por ciento con respecto a la del pasado año, en concreto 2,5 millones de euros, e iguala el importe de la suma de las de 2015 y 2016", y con la que se prevé beneficiar a 4.000 familias con pocos recursos económicos para acceder a una vivienda.
Subrayó que esta es sólo una de las medidas que la Comunidad Autónoma para facilitar el acceso a la vivienda, junto a los alquileres sociales, la red de viviendas públicas en toda la Región, la adquisición de hogares para la erradicación del chabolismo, las minoraciones de renta del alquiler y el Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que reúnan los requisitos de ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento en el territorio de la Comunidad y por duración no inferior a un año.
Es necesario que la vivienda sea, o vaya a constituir, la residencia habitual y permanente del beneficiario, y que todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada posean la nacionalidad española o la de algún estado de la Unión Europea, o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España.
Asimismo, se prestará especial atención a las familias numerosas, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad, personas afectadas por desahucios y víctimas del terrorismo.
Igualmente, el contrato de alquiler no superará los 500 euros mensuales y los ingresos de las personas, consten o no como titulares del contrato, han de ser, en su conjunto, superiores a 0,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), e inferiores al triple de dicho indicador, lo que supone unos ingresos familiares de entre 265 y 1.600 euros al mes, aproximadamente.
Con estas ayudas, sólo se subvencionarán las cantidades referentes a alquiler de vivienda, con exclusión de cualquier otro concepto, como garaje, trastero o gastos de comunidad, y se abonarán trimestralmente, concediéndose por un plazo de 12 meses.
Solicitudes
Los ciudadanos que deseen acceder a las ayudas deberán rellenar el modelo oficial de solicitud de subvención firmada y presentarla antes del 21 de agosto, de forma presencial o en el registro electrónico único de la Comunidad Autónoma utilizando el formulario de solicitud electrónica que estará disponible en la sede electrónica (sede.carm.es).
La solicitud deberá ir acompañada del contrato de alquiler de la vivienda, firmado por las partes contratantes; el certificado de empadronamiento de todos los miembros que residen y conviven en la vivienda; nota simple del Registro de la Propiedad, y el IBAN de la cuenta bancaria del solicitante, entre otros documentos.