La Comunidad abre el plazo de presentación de solicitudes para obtener el carné de controlador de accesos a establecimientos

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Los interesados podrán presentar las solicitudes hasta el 5 de abril en las Oficinas de Atención al Ciudadano o por vía telemática

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica hoy la Orden de la consejera de Presidencia por la que se convoca la prueba para la obtención del carné de controlador de accesos a espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en la Región de Murcia.

El director general de Administración Local, Diego Pardo, explicó que "de este modo, el plazo de presentación de solicitudes para obtener el carné de controlador de accesos a establecimientos públicos se abre mañana, durará diez días hábiles, concluye el próximo 5 de abril y los interesados pueden presentar su instancia en las Oficinas de Atención al Ciudadano o por vía telemática".

Finalizado ese plazo, se publicará en el BORM la lista de admitidos, así como el lugar, fecha y hora de la prueba de aptitud. Los exámenes se realizarán entre finales de junio y primeros de julio y, de ser necesario, se llevaría a cabo una segunda convocatoria en el mes de septiembre.

Para dar a conocer la orden y los detalles relativos a la prueba a superar y documentación a presentar, la consejera de Presidencia, María Dolores Pagán, acompañada por el director general de Administración Local, mantuvo una reunión con representantes de la Federación Regional de Empresarios de Hostelería y Turismo (Hostemur) y la Asociación de Empresarios de Hostelería y Alojamientos Turísticos de Cartagena y su Comarca (Hostecar).

Con posterioridad, Diego Pardo se reunió también con los representantes de Empresarios por la Calidad del Ocio de la Región de Murcia, Asociación Profesional de Porteros de Discoteca y Asociación de Empresas de Seguridad Privada para ofrecerles toda la información y resolver dudas al respecto.

La prueba de aptitud consistirá en contestar un cuestionario de 30 preguntas sobre el principio de igualdad y la prohibición de discriminación en el acceso a locales y espectáculos públicos; omisión del deber de socorro; derecho de admisión; ejercicio del control de acceso; horarios de cierre; normativa sobre reclamaciones; nociones sobre primeros auxilios y técnicas de autocontrol y de atención al usuario de espectáculos públicos.

Informe psicológico y título de ESO o FP

Una vez superadas las pruebas teóricas, los admitidos deberán presentar ante la Consejería de Presidencia informe pericial de un psicólogo colegiado que acredite haber superado examen psicológico que valore la respuesta ante situaciones de estrés, o certificado de haber superado las pruebas de selección convocadas por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior para la realización de funciones de vigilante de Seguridad.

Además, fotocopia compulsada del título de graduado en enseñanza secundaria obligatoria (ESO) o formación profesional (FP) de grado medio, o cualquier otro nivel igual o superior que haya sido homologado por la administración competente en la materia.

Los establecimientos con un aforo autorizado igual o superior a 300 personas, conforme a la Ley de Admisión en Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, habrán de disponer necesariamente de controlador de acceso.

A partir de la obtención de los primeros carnés, se fijará un período de transición para que el resto de personas que realizan este cometido regularicen su situación. Esto se hará mediante Orden de la Consejería de Presidencia, que tendrá en cuenta tanto los resultados de las primeras pruebas como el número de establecimientos obligados a tener controladores de acceso acreditados.

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