La Comisión de Coordinación para la Igualdad de Género aprobó hoy un protocolo para la prevención y actuación en casos de violencia de género que afecten a empleadas de la Administración regional, que recoge la protección de la intimidad, prestaciones económicas, reducción de jornadas laborales, movilidad y apoyo jurídico y psicológico.
La secretaría general de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, María Pedro Reverte, presidió hoy la reunión de la Comisión en la que se aprobaron medidas "que garantizan derechos de carácter laboral y ayudas económicas a las empleadas de la Administración regional, incluido el personal docente y del Servicio Murciano de Salud", destacó.
Este acuerdo fue consensuado con las organizaciones sindicales y será remitido para su ratificación al Consejo de Gobierno y posterior, para su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
Reverte destacó que se trata de "hacer efectivas medidas de protección a la mujer y su derecho de asistencia social integral frente a la violencia de género y articular una repuesta efectiva a todos los niveles que constituya un elemento de seguridad para la víctima".
Este protocolo se suma a la medida puesta en marcha desde el 1 de enero de este año, mediante la cual las empleadas públicas de la Administración regional que tengan acreditada la situación de víctima de violencia de género tiene derecho a percibir, desde el primer día de incapacidad temporal, un complemento salarial que sumado a las prestaciones económicas a las que tenga derecho le permita alcanzar el cien por cien de su sueldo, así como a prestaciones de acción social con carácter preferente.
Medidas
Las empleadas públicas víctimas de violencia de género tendrán derecho al traslado a otro puesto laboral, excedencia, preferencia para la elección de los turnos vacacionales, reducción de jornada, reordenación de su tiempo de trabajo o permisos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público.
En cuanto a prestaciones económicas, tendrá derecho a percibir, desde el primer día de incapacidad temporal derivada de la situación de violencia de género, un complemento salarial que, sumado a las prestaciones económicas a las que tenga derecho conforme a la normativa de Seguridad Social, le permita alcanzar el cien por cien de los conceptos retributivos que devengue mensualmente con carácter fijo. Además, tendrá derecho a la prestación de Acción Social de carácter excepcional de pago único, así como la obtención, con carácter preferente, de anticipos reintegrables sobre sus retribuciones.
Asimismo, las empleadas públicas víctimas de violencia de género tendrán derecho a apoyo, ayuda, información y orientación adecuada, en especial el apoyo psicológico y jurídico. Además, se protegerá su intimidad y, en especial, de sus datos personales, los de sus descendientes y los de cualquier otra persona que esté bajo su guardia o custodia en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Otros de los derechos adquiridos, es una especial atención con motivo de la salud, a información e información necesaria para la prevención, lucha y asistencia frente a la violencia de género. Así como preferencia para acogerse a la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo.