La Policía Sanitaria Mortuoria autoriza más de 500 traslados de cadáveres y restos mortales entre enero y septiembre

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La Consejería de Sanidad tiene registrados 58 tanatorios en la Región

La Sanidad Mortuoria regula toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos humanos

La Policía Sanitaria Mortuoria, dependiente de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Sanidad, concedió 536 autorizaciones sanitarias de traslado de cadáveres y restos desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre del presente año.

Durante el año 2015, esta unidad llevó a cabo 748 autorizaciones sanitarias para traslado de cadáveres y restos mortales.

De ellos, un total de 296 permisos consistieron en autorizaciones de traslado de cadáver (258 a otras comunidades autónomas y 38 al extranjero, de los que 30 fueron traslados a Marruecos y Ecuador), 30 autorizaciones de exhumación de cadáver (20 para su posterior reinhumación en el mismo cementerio y 10 para su traslado y reinhumación en otro cementerio de la Región) y 416 autorizaciones de exhumación y traslado de restos mortales. Otros seis permisos se concedieron para traslado de restos humanos.

El director general de Salud Pública y Adicciones, Manuel Molina, destacó la labor de este servicio público y señaló que la Policía Sanitaria Mortuoria "es un departamento de la sanidad pública de una enorme importancia, que vela por el buen desarrollo y la protección en torno a la salud de actividades como el traslado, exposición, depósito, inhumación, cremación o exhumación de cadáveres o restos humanos".

Por otra parte, este año se han emitido informes sanitarios favorables referentes al proyecto técnico de instalación de un tanatorio en el municipio de Blanca y al proyecto de construcción de 80 nichos sin fosas en el cementerio municipal de Jumilla.

Asimismo, la Policía Sanitaria Mortuoria emitió el pasado año informe sanitario conforme del proyecto de instalación de un tanatorio en el municipio de Molina de Segura.

La Dirección General de Salud Pública participa en el grupo de trabajo de Sanidad Mortuoria del Ministerio de Sanidad para la elaboración de una normativa de consenso sobre esta materia y en la actualización del Registro de Tanatorios de la Región de Murcia, que actualmente son 58.

La Sanidad Mortuoria comprende la regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos humanos, así como las condiciones técnico-sanitarias en que las empresas funerarias, cementerios, tanatorios, velatorios y crematorios deben prestar sus servicios.

En la Región de Murcia, estas actividades están reguladas por el Decreto 2263/74, de 20 de julio, que aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, y la Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo, de 7 de junio de 1991, por la que se dictan normas sobre Policía Sanitaria Mortuoria.

La Dirección General de Salud Pública y Adicciones desarrolla las funciones de inspección y control de actividades o servicios relacionados con el traslado, exposición, depósito, inhumación, cremación o exhumación de cadáveres o restos humanos o cadavéricos, así como con las prácticas sanitarias sobre éstos.

En términos profesionales, se entiende por cadáver el cuerpo humano durante los cinco años siguientes al fallecimiento, y restos mortales lo que queda del cuerpo humano una vez transcurridos los cinco años siguientes a éste. Esto se computa desde la fecha y hora que figure en la inscripción de defunción del Registro Civil. En cuanto a restos humanos, se trata de los de entidad suficiente procedentes de abortos, mutilaciones e intervenciones quirúrgicas.

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