El PSOE pide el cese de Joaquín Segado como asesor de la Consejería de Cultura y Portavocía al abrirle juicio oral por un caso de prevaricación

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Emilio Ivars recuerda que el Ejecutivo tiene que cumplir la Ley de Transparencia y que Segado no siga en el cargo ni un minuto más en su puesto y pide al PP que no use la Administración como salvavidas de imputados investigados por corrupción política

El secretario de Comunicación y diputado del Grupo Parlamentario Socialista, Emilio Ivars, pide el cese de Joaquín Segado como asesor de la Consejería de Cultura y Portavocía al estar citado por el juzgado tras abrirse juicio oral por la expropiación ilegal de los terrenos del antiguo cuartel de la Guardia Civil en La Azohía.

Ivars recuerda que la ley deja claro que el cargo que ocupa Segado es incompatible con la apertura del juicio oral que ha abierto el juez contra él por un presunto delito de prevaricación.

"Es incompresible que siga un minuto más en el cargo, un puesto de confianza y de responsabilidad pública, si por motu proprio no decide marcharse, la consejera portavoz debería cesarlo de inmediato", ha remarcado.

El dirigente socialista ha asegurado que "el Ejecutivo tiene que cumplir la Ley de Transparencia, en beneficio de la regeneración democrática y por la ejemplaridad de las instituciones, y cesar ya mismo a Joaquín Segado".

Ivars ha señalado que el Partido Popular "no puede usar, como lo hace actualmente, las instituciones públicas como lanzadera de cargos políticos y tampoco como salvavidas de imputados o investigados por causas de corrupción política".

El artículo 54 de la Ley de Transparencia, sobre imputados por delitos de corrupción, asegura que "en el momento en que un cargo público electo o sujeto a nombramiento de libre designación conozca, de forma fehaciente, que un juzgado o tribunal competente ha adoptado un auto estableciendo su situación procesal de imputado o figura legal equivalente por la presunta comisión de los delitos contemplados en los artículos 404 a 444 o 472 a 509 del Código Penal actualmente vigente, entenderá que su permanencia en el cargo es incompatible con la confianza que se debe trasladar a la ciudadanía sobre la vigencia de los principios éticos y con la obligación de preservar el prestigio de las instituciones".

Asimismo, añade dicho artículo en el segundo punto que "así lo entenderá en el caso de los cargos sujetos a nombramiento de libre designación, quien tenga la potestad de relevarlo".

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