La Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente ha establecido, mediante una Orden publicada el pasado 11 de marzo en el Boletín Oficial de la Región, las bases reguladoras de las ayudas para la redotación de comunidades de regantes, mediante el aprovechamiento de las aguas residuales regeneradas. El importe de las ayudas asciende a 3.400.000 euros.
Estas aguas producidas por las estaciones depuradoras constituyen un importante recurso hídrico que se encuentra alejado de los puntos de aplicación al riego, por lo que suelen necesitar para su correcto aprovechamiento de costosas obras de regulación y transporte para que las comunidades de regantes concesionarias lleven a cabo su aplicación de forma adecuada.
A través de la Orden de 18 de febrero de 2008 la Consejería efectuó cinco convocatorias de ayuda entre los años 2008 y 2012. La entrada en vigor de nuevas disposiciones legales ha hecho necesario adecuar la regulación de las ayudas a la nueva normativa. Al mismo tiempo, incorpora aspectos como priorizar en la concesión de ayudas a aquellas comunidades de regantes que cuenten en la actualidad con recursos hídricos provenientes de masas de agua subterránea o superficial, cuyo estado ha sido calificado como inferior a bueno en el correspondiente plan hidrológico de demarcación. Además, se trata de favorecer la incorporación de fuentes de energía renovables, dotar de un mayor control y transparencia al procedimiento de contratación de las obras realizado por el beneficiario de las ayudas.
Para la elaboración de esta orden han sido consultados los colegios profesionales de ingenieros agrónomos e ingenieros técnicos agrícolas, organizaciones agrarias, grupos ecologistas y el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura, y en ellas se han recogido la mayoría de las aportaciones realizadas por ellos.
Las inversiones se realizarán a través de los proyectos de aprovechamiento de aguas residuales regeneradas presentados por las comunidades de regantes. Las ayudas serán cofinanciadas en un 63 por ciento por la Unión Europea, a través del fondo FEADER; en un 11,10 por ciento por el Estado y en un 25,90 por ciento por la Comunidad.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las comunidades de regantes que cuenten con concesión administrativa para el uso de agua residual regenerada objeto de su solicitud y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.
Al respecto, podrán considerarse como gastos subvencionables las inversiones para tomas y captaciones de agua en la estación depuradora, las conducciones de agua necesarias para la conexión de la estación depuradora con la red hidráulica de la comunidad de regantes (estaciones de bombeo, construcción de balsas, instalación de dispositivos de medición y control de los volúmenes de agua, la automatización del sistema, y la generación de energía renovable para el abastecimiento de la infraestructura proyectada). También podrán subvencionarse los gastos de asistencia técnica, las tasas por licencia urbanística municipal, los gastos de liquidación de obra, y el impuesto sobre el valor añadido no recuperable, entre otros.