El Consejo de Gobierno ha ratificado el acuerdo de personal docente interino suscrito por unanimidad en la reunión de la mesa sectorial de educación entre la Consejería de Educación y Universidades y los sindicatos ANPE, CCOO, STERM, SIDI y UGT, celebrada el pasado 26 de febrero. El texto regula la elaboración de listas para el desempeño de puestos por personal docente interino que ejerce la docencia en las enseñanzas no universitarias, así como sus condiciones de trabajo.
Así, se mantienen dos listas para la participación en cada proceso selectivo, aunque una misma persona podrá pertenecer a listas distintas siempre que cumpla los requisitos generales y específicos para ello.
La ordenación se llevará a cabo teniendo en cuenta la nota de la fase de oposición de los procedimientos selectivos convocados por la Comunidad desde el año 2000 y la experiencia docente. Figurarán en un primer bloque los integrantes que cuenten con un cinco o más entre tales notas y, a continuación, el resto en un segundo bloque.
La puntuación que determinará el orden en cada bloque se obtendrá sumando, para el bloque uno, la mejor nota de oposición desde el año 2000 en la especialidad correspondiente; la experiencia docente hasta un máximo de 6 puntos; y un punto por cada oposición superada de la correspondiente especialidad convocada en la Región desde el año 2000, hasta un máximo de cuatro.
En la lista de maestros se otorgará el punto con independencia de la especialidad aprobada. Para el bloque dos se tendrá en cuenta la nota obtenida en la fase de oposición del último procedimiento selectivo y la experiencia docente hasta un máximo de 6 puntos, que en centros públicos será de 0'6 por año trabajado y en otros centros de 0,3 por año trabajado.
El acuerdo recoge especificidades y beneficios en caso de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, en los que el personal docente interino gozará de los mismos derechos que el personal funcionario de carrera, con los derechos retributivos que le correspondan en el régimen de Seguridad Social. Además, para potenciar la conciliación de la vida laboral y familiar se tendrán en cuenta situaciones como la excedencia por cuidado de familiares.
Como novedad, se atiende a los interinos docentes mayores de 55 años especificando que, la primera vez que se reconfiguren las listas de cada especialidad tras la firma del presente pacto, los integrantes de las listas actualmente vigentes que antes del 30 de junio del año del procedimiento selectivo correspondiente hayan cumplido 55 años y cuenten en esa fecha con más de veinte años de servicio, de los cuales al menos los diez últimos años alegados sean en centros públicos de la Región, figurarán en el lugar más alto que corresponda por su puntuación, sumándoles la mejor nota de oposición.
El texto también indica que, en cuanto sea posible, el personal interino recuperará la percepción de las retribuciones correspondientes al resto de los días no abonados en los meses de julio y agosto. El acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de agosto de 2021.