El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha planteado cuestión de inconstitucionalidad contra le RD 20/2012 y contra la Ley regional 9/2012 que suprimió la paga extra de diciembre de 2012 por atentar contra el artículo 9,3 de la Carta Magna.
La Federación de Enseñanza de CCOO denuncia la discriminación de la que están siendo objeto los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia -y entre ellos los y las docentes- al quedar excluidos por decisión del Gobierno regional de la devolución de la cuarta parte de la paga extra que se dejó de percibir en diciembre de 2012.
El abono de la cuarta parte del importe de la paga extra de los empleados públicos (personal funcionario y personal laboral) acordado por el Gobierno central en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2015, se materializará en la nómina del presente mes de enero. Con esta medida el Gobierno se adelanta al pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre las cuestiones de inconstitucionalidad que le han sido planteadas por el Tribunal Supremo y por diversos Tribunales Superiores de Justicia en las que se cuestiona la constitucionalidad de la aplicación retroactiva del recorte salarial establecido por el RD20/2012.
En el caso de la Región de Murcia, la Sala de lo social del TSJ interpuso la cuestión de inconstitucionalidad tanto sobre el artículo 2 del RD 20/2012 como sobre el artículo 2.1 de la Ley 9/2012 de la CARM que modificaba la Ley de Presupuestos de la Comunidad.
CCOO demanda que el Gobierno regional actúe a semejanza del Gobierno central y se adelante al más que previsible pronunciamiento del Tribunal Constitucional y devuelva la parte de la paga extra anulada ilícitamente en los mismos plazos en que lo va a hacer éste.
La situación de discriminación de los empleados públicos de la CARM es más escandalosa si se tiene en cuenta que otras CCAA han negociado y acordado con las correspondientes representaciones sindicales la devolución de esta parte de la paga extra de diciembre de 2012, como es el caso de la Comunidad Valenciana, Extremadura, Castilla y León o Cantabria.