La reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha declarado la cobertura de trabajos de carácter permanente por la modalidad de contratos de colaboración social constituye fraude de ley, por lo que deben ser regularizados.
La Sección Sindical del Ayuntamiento de San Javier ha presentado escrito solicitando la normalización de las contrataciones de colaboración social no conformes con la Sentencia del Tribunal Supremo mediante su provisión por los sistemas ordinarios de provisión de puestos de trabajo a fin de evitar una cadena de reclamaciones judiciales innecesarias.
El Sector de Administración Local de CC.OO.-R.M. considera, de acuerdo a la referida sentencia del Tribunal Supremo que los numerosos contratos de Colaboración Social realizados por Administraciones Públicas carecen de causa válida de temporalidad, al tener por objeto la realización de actividades normales y permanentes de la Administración.
Por ello interpretamos que dichos contratos deben ser establecidos en la modalidad de personal indefinido no fijo y/o interino de la administración hasta su cobertura mediante Oferta de Empleo Público, con la correspondiente actualización de las cotizaciones a Seguridad Social, derechos sindicales de estos contratos y devolución al INEM de las prestaciones mal utilizadas.
El Sector hará extensivas estas propuestas al conjunto de los Ayuntamientos donde se ha dado esta misma situación, singularmente en el Ayuntamiento de Murcia en el que concentran la mayoría de estos contratos en nuestra Región.