Diversas sentencias avalan el poder de las empresas a vigilar y controlar el manejo de dichas herramientas
La empresa debe informar expresamente al trabajador de sus obligaciones en el uso los medios electrónicos en la empresa y del eventual acceso a su contenido. Siempre que se dé dicha información, la empresa podrá ejercitar y acreditar su poder de dirección (vigilancia y control) en esta materia. Esta es una de las principales conclusiones expuestas esta mañana por Francisco Javier Rojas, socio responsable del departamento Laboral de Garrigues en Murcia.
La jornada titulada "El control empresarial de los medios electrónicos en la empresa y la protección de datos" ha sido organizada por Garrigues, en colaboración con Dirección Humana y, en ella, han participado, además de Francisco Javier Rojas, Nuria Martínez, directora del área Jurídica, y Javier Cao Avellaneda, director técnico del área de Seguridad de la Información, ambos pertenecientes a Firma, Proyectos y Formación.
La charla ha despertado gran interés debido al posible control del empresario de los correos electrónicos de sus trabajadores y, con ello, la posible colisión con derechos fundamentales como la intimidad o el secreto de las comunicaciones.
Francisco Javier Rojas ha señalado que, dado que todavía no es habitual la regulación expresa en los convenios colectivos, cada vez más empresas están estableciendo protocolos de uso de medios telemáticos (ordenadores, teléfonos móviles, correo electrónico…), para que, firmados por ambas partes, se tenga claro desde el inicio las reglas internas de la empresa en esta materia. Por tanto "serán las circunstancias de cada caso y la existencia de protocolos establecidos en las empresas las que finalmente determinen si la fiscalización del uso de las herramientas informáticas ha provocado o no la vulneración de un derecho fundamental", ha aseverado.
Rojas ha incidido en que uno de los elementos imprescindibles es que los trabajadores tengan conocimiento previamente de que el correo electrónico, puesto a disposición por el empresario, es para fines exclusivamente profesionales, pudiendo el empleador vigilar y controlar su correcto uso.