El Ejecutivo ha dado luz verde al nuevo acuerdo para la provisión de puestos de trabajo de los cuerpos docentes no universitarios en régimen de interinidad, cuyo objetivo es definir un marco estable para la contratación de personal docente interino, así como ofrecer mejor seguridad jurídica en el desempeño de las tareas docentes en la función pública.
Una de las líneas principales es el sistema para configurar las listas de interinos que les dé acceso a la función pública docente, que valora el haber superado la oposición, junto con la experiencia docente de los aspirantes, en aras a garantizar la mayor calidad del sistema educativo.
En este sentido, las listas se actualizarán después de cada oposición, de modo que aparecerán, en primer lugar, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición en alguno de los dos últimos procesos selectivos. No obstante, para flexibilizar el cambio de modelo, el acuerdo permite de forma transitoria que se tengan en cuenta las tres últimas oposiciones.
A la mejor de esas notas, se sumará la experiencia docente, con 0,4 puntos por año trabajado, además de un punto por cada oposición aprobada desde el año 2000. En segundo lugar, aparecerán el resto de aspirantes que no hayan superado la oposición, y a los que se les sumará también la experiencia docente.
El nuevo sistema reconoce la experiencia docente, valora la constancia de los aspirantes, reduce la presión en cada proceso selectivo al poder hacer valer otras oposiciones y, a la vez, permite que aspirantes noveles sin experiencia e interinos que no estaban en la lista preferente, puedan acceder con la nota que les corresponda.
El acuerdo aprobado por el Consejo de Gobierno fija también otros puntos importantes para el colectivo interino, como la protección por maternidad o las causas que justifican la renuncia a una plaza.