La Asamblea defiende ante el Congreso de los Diputados una reforma del Estatuto de Autonomía

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Permitirá al Gobierno Regional legislar mediante decretos leyes en circunstancias excepcionales

El Congreso de los Diputados debatirá esta tarde la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, que permitirá al Gobierno Regional legislar mediante la aprobación de decretos leyes en circunstancias excepcionales.

La propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía fue aprobada previamente por el Pleno de la Asamblea Regional de Murcia en la sesión celebrada el 24 de enero de 2013. El texto salió adelante con el voto favorable de los diputados del Grupo Parlamentario Popular. No obstante, la reforma que defenderá esta tarde desde la tribuna de oradores del Congreso de los Diputados el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Juan Carlos Ruiz López, cuenta finalmente con el respaldo de las tres fuerzas políticas con representación en la Asamblea Regional: Partido Popular, Partido Socialista e Izquierda Unida-Verdes Región de Murcia.

El decreto- ley es una disposición normativa con fuerza de ley y alcance provisional que aprueba el Gobierno en caso de urgencia y que, para su incorporación definitiva y permanente al ordenamiento jurídico, requiere la posterior ratificación del Parlamento. Esta potestad, prevista en la Constitución, como un instrumento a utilizar por el Gobierno de la Nación, se ha ido incorporando al ámbito autonómico, de manera que la mayor parte de las comunidades autónomas cuentan con esta figura de la que, hasta el momento, carece la Comunidad Autónoma de Murcia.

Su incorporación al Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia va a suponer la modificación de un sólo artículo, el 30, relativo a las funciones de la Asamblea Regional de Murcia. El nuevo texto establece los límites para la aprobación de decretos-ley por parte del Gobierno regional, queno podrán versar sobre la regulación de los derechos previstos en el Estatuto de Autonomía , las instituciones de la Región de Murcia, el régimen electoral y los presupuestos de la Comunidad Autónoma; en él se establece también el plazo de treinta días desde su promulgación para que los decretos-ley sean convalidados o derogados por la Asamblea Regional de Murcia .

LA CUARTA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA

La propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía que se defiende hoy en el Congreso de los Diputados será la cuarta que experimente la norma que regula el autogobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia.

La primera de ellas fue promulgada el 13 de marzo de 1.991; su finalidad era fijar una fecha determinada, el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, para la celebración de las elecciones autonómicas en coincidencia con los comicios europeos.

La segunda reforma del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia fue promulgada el 24 de marzo de 1994 y estaba encaminada a la incorporación en el mismo de un conjunto de competencias, una vez superado el plazo de cinco años establecido en el artículo 148 de la Constitución.

La tercera y más reciente reforma estatutaria fue promulgada el 15 de junio de 1998 y fue la de mayor calado: Además de incorporar, entre otras, competencias claves como las de Educación y Sanidad, la reforma permitió profundizar en la capacidad de autogobierno y reforzar el funcionamiento y papel del Parlamento regional.

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