El período oficial de rebajas comienza mañana 1 de julio y se prolonga hasta el 31 de agosto

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La Consejería de Universidades, Empresa e Investigación informa de que tanto los consumidores como los comerciantes tienen las mismas obligaciones y derechos que durante el resto del año

Mañana domingo el comercio abrirá sus puertas, como establece el calendario de festivos de la Comunidad, al coincidir con el primer día de rebajas

La Consejería de Universidades, Empresa e Investigación informa de que el período oficial de rebajas de verano comienza mañana, 1 de julio, y se prolongará hasta el próximo 31 de agosto. Aunque el primer día de rebajas cae en domingo el comercio abrirá sus puertas, puesto que es uno de los diez días festivos del año autorizados por la Comunidad para abrir durante el año 2012.

La directora general de Consumo, Comercio y Artesanía, María Dolores Alarcón, aseguró que los técnicos de su departamento velarán para que consumidores y comerciantes se beneficien de estas rebajas estivales con las mayores garantías. Entre éstas se encuentran que los comercios especifiquen el inicio y el final de las rebajas, que los objetos de venta hayan estado incluidos con anterioridad en el 'stock' del establecimiento y que los artículos a precio normal y a precios rebajados han de estar suficientemente separados.

Alarcón afirmó que “tanto los consumidores como los comerciantes cuentan con los mismos derechos y obligaciones en el período de rebajas que durante el resto del año”.

Consejos para comprar en rebajas

Durante los períodos de rebajas, tanto el precio rebajado como el anterior deben figurar en la etiqueta, o bien el porcentaje de rebaja, o incluso un precio único para cada tipo de artículo. En caso de segundas o sucesivas rebajas, deberán marcarse los artículos con el precio original, el de la primera rebaja y los precios de las sucesivas.

Se debe conservar el tique o factura de compra como garantía de una posible devolución o queja. Si un establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada también debe hacerlo en época de rebajas. De lo contrario, deberá advertirlo explícitamente. En caso de arreglo de prendas, ocurre lo mismo que en las devoluciones.

Los establecimientos que admiten el pago con tarjetas de crédito durante el resto del año están obligados a hacerlo también en época de rebajas sin recargo alguno sobre el precio, y están obligados a informar al consumidor de ello a través de su publicidad general, con exposición visible desde el exterior del establecimiento. El comerciante también esta obligado a informar al consumidor sobre las formas de pago permitidas, a través de su publicidad general y visible desde el exterior del establecimiento.

La disponibilidad y existencias de los productos objeto de rebajas deberá ser suficiente. Si las rebajas quedan limitadas al agotar existencias de los artículos, el comerciante debe informar claramente sobre el número total de unidades objeto de la actividad.

El etiquetado debe ser correcto y legible en castellano. En el caso de ropa, la etiqueta debe incluir instrucciones de lavado y planchado e informar de los materiales de confección y de los datos de la empresa fabricante.

Se prohíbe en general la existencia de cláusulas abusivas y, en particular, las de desvinculación basadas en errores tipográficos y de imprenta.

Los artículos objeto de la venta en rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad y durante el plazo mínimo de un mes en la oferta habitual de ventas, en perfectas condiciones, no ser defectuosos ni fabricados expresamente para estas ventas. Asimismo, se deben rechazar los artículos que no reúnan las debidas condiciones sanitarias y de seguridad.

Es oportuno adquirir únicamente los productos que se necesiten y no comprar artículos que no se necesitan sólo porque estén rebajados, así como adquirir en establecimientos que estén adheridos a la Junta Arbitral de Consumo, pues ofrecen mayores garantías, y consultar las páginas naranjas del consumidor.

Si el cliente cree que algún comercio no ha respetado los derechos como consumidor, debe exigir la hoja de reclamaciones e intentar resolver el problema de forma amistosa. Además, se puede dirigir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana, y a la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía de la Comunidad Autónoma o a cualquier asociación de consumidores.

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