La Comunidad velará por el cumplimiento de los servicios mínimos del transporte público

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El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica mañana la orden de servicios mínimos durante la huelga convocada por la empresa Latbus

La Administración regional otorga a estos servicios el carácter de esenciales para salvaguardar el derecho de los ciudadanos a mantener las condiciones mínimas de movilidad

Los servicios de inspección y sanción de transportes de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio velarán por el cumplimiento de los servicios mínimos de transporte público de viajeros durante la huelga convocada por los trabajadores de la empresa Latbus.

La convocatoria de huelga se inicia el 7 de noviembre y continúa los días 10 y 11, prolongándose de forma indefinida a partir de esas fechas todos los lunes, jueves y viernes, desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas.

La Comunidad Autónoma, que otorga a estos servicios el carácter de esenciales para los intereses de los ciudadanos, publica mañana la orden de servicios mínimos con el fin de salvaguardar el derecho de los ciudadanos a mantener las condiciones mínimas de movilidad que les permitan trasladarse a sus centros de trabajo, a los centros educativos o asistenciales.

Esta huelga alcanza a los trabajadores de los servicios regulares de transporte de viajeros de uso general de carácter permanentemente propios de las concesiones de titularidad autonómica, Murcia y Cercanías (MUR -093) y Valle de Ricote-Murcia- Playas del Mar Menor y Mayor (MUR-092).

Servicios mínimos

Los servicios mínimos de obligado cumplimiento por parte de la empresa concesionaria de servicio público regular de viajeros cuya prestación discurre por los itinerarios anteriormente señalados son los siguientes:

50 por ciento de los servicios establecidos para los servicios regulares de transporte de viajeros de la concesión que comprende el casco urbano y cercanías de la ciudad de Murcia en hora punta (de las 7 a las 9 horas, de las 13 a las 15 horas y de las 19 a las 21 horas) y 30 por ciento para el resto de horas.

Cien por cien de los servicios de transporte regular de viajeros de uso especial de escolares, educación especial y obreros

La Orden que publica la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio en el BORM de mañana establece que las empresas de transporte de viajeros directamente afectadas deberán adoptar las medidas necesarias para llevar a efecto dichos servicios esenciales, de acuerdo con la legislación vigente.

Además, se señala que los agentes que habrán de prestar los servicios antes citados serán los estrictamente indispensables para realizar los mismos.

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