THADERCONSUMO, a través de CEACCU denuncia la campaña de "Rico al instante" de Antena 3 por posible "spam" y práctica agresiva.

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Por el envío indiscriminado de mensajes de texto no solicitados, incluyendo el alta en un servicio de alerta

El programa ha emitido SMS promocionales, mediante el número de tarficación adicional 25354 (con un coste de 1,42€ por mensaje para el usuario que los conteste), como el alta a un servicio de alerta, a través del número 797100, donde el usuario paga por cada mensaje que recibe.

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU), organización en la que está integrada THADERCONSUMO, ha denunciado ante la Agencia de Protección de Datos, la Comisión de Supervisión de Servicios de Tarificación Adicional (CSSTA) y las autoridades de consumo la campaña del programa "Rico al instante" de Antena 3 por posible "spam" y práctica comercial desleal (por ser agresiva).

También ha enviado un requerimiento a las empresas responsables, Antena 3 de Televisión SA y Zed Worldwide SA, para que cesen en los envíos.

El programa ha emitido SMS promocionales, mediante el número de tarficación adicional 25354 (con un coste de 1,42€ por mensaje para el usuario que los conteste), como el alta a un servicio de alerta, a través del número 797100, donde el usuario paga esa misma cantidad pero por cada mensaje que recibe.

El texto de los mensajes es: "RICO informa: tu [número de móvil del usuario] puede estar premiado! Solo responde SI al 25354 y puedes ser FINALISTA de 200.000€HOY en Antena3! (1,42Eur.xsms.N.AtnClte: 902103347"

THADERCONSUMO argumenta en su denuncia que el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales no solicitadas o autorizadas expresamente por los destinatarios "se halla vedado en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, se Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI)"

Además, la campaña constituiría una práctica agresiva "conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal" Y todo ello "sin perjuicio de la contravención específica de la normativa de protección de consumidores y usuarios".

Por lo que respecta a la normativa de protección de datos, la campaña puede esconder, a juicio de THADERCONSUMO, una cesión y utilización indebida de los datos del usuario, por lo que ha solicitado a la Agencia de Protección de Datos (AEPD) la apertura de expediente.

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