El Comité de las Regiones de la Unión Europea

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El CDR está compuesto por 344 miembros, en función de la población de los países. España cuenta con 21 representantes, igual que Polonia. Sólo Alemania, Francia, Italia y Reino Unido cuentan con más representantes, 24 cada uno.

Los 21 miembros españoles del CDR son los presidentes de cada una de las 17 comunidades autónomas, más lo alcaldes de los tres municipios de mayor población (Madrid, Barcelona y Valencia) y el presidente de la Federación de Municipios, puesto que actualmente ocupa el alcalde de Getafe, Pedro Castro.

La Región de Murcia en el CDR

La Región de Murcia, al igual que el resto de las regiones españolas, forma parte del Comité de las Regiones desde el inicio de sus actividades en 1994, participando desde entonces activamente tanto en las Comisiones que sucesivamente le han sido asignadas, como en las sesiones plenarias, seminarios y otros foros relacionados con los trabajos del Comité.

Desde las diferentes responsabilidades que el presidente Valcárcel ha asumido durante estos años en el seno del Comité, la Región de Murcia ha contribuido a reafirmar el importante papel del Comité de las Regiones en el marco de las Instituciones europeas, y ha reforzado el creciente papel e importancia de los entes locales y regionales en el proceso decisorio de la Unión.

Estas responsabilidades han ido acompañadas, además, de un trabajo constante, a través de la elaboración de diversos Dictámenes: “Comparación de resultados en materia de competitividad"; “Propuesta de modificación del Reglamento 2236/95 relativo a la concesión de ayudas financieras en el ámbito de las redes transeuropeas”; “Informe de la Comisión de 1998 sobre la Red Transeuropea de Transporte"; Comunicación de la Comisión "Cohesión y Transporte"; “Revisión de la Decisión 1692/96 sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte”, un Dictamen de Iniciativa: “La Cohesión Territorial en la UE: Hacia un nuevo enfoque de la política regional”, otro Dictamen de iniciativa sobre “Catástrofes naturales: incendios, inundaciones y sequías”. Y el último sobre la Reforma de la Política pesquera Común y el futuro de la acuicultura.

El dictamen sobre la cohesión territorial fue remitido a la Convención sobre el Futuro de Europa como contribución específica del Comité de las Regiones a ese foro, siendo el presidente Valcárcel uno de los seis miembros de la delegación del CDR ante la Convención. El texto, con un impacto fundamental en las políticas de la Unión, solicitaba que la cohesión territorial se convirtiera en un objetivo político de la Unión Europea, en pie de igualdad con la cohesión económica y social. El Tratado de Lisboa recoge el concepto de cohesión territorial.

Durante el tercer mandato del Comité, Valcárcel presidió la Comisión de Relaciones Exteriores (Relex), en un momento de indudable trascendencia para la Unión Europea: incorporación de nuevos miembros a la Unión, y lanzamiento de la nueva Estrategia de Vecindad por la Comisión Europea, que ha abierto nuevas vías de colaboración con las autoridades locales y regionales de la frontera oriental de la UE y aquellas de los países de la ribera sur del mediterráneo.

Cargos desempeñados por Valcárcel en el CDR

  • Primer mandato 1994 - 1998

Miembro de las Comisiones 1 (de Asuntos Institucionales) y 6 (de Educación y Formación).

  • Segundo mandato 1998 – 2002

Miembro de las Comisiones 1(Desarrollo Regional, Desarrollo Económico y Hacienda Local y Regional), y 3 (Redes transeuropeas, transportes y sociedad de la información)

Vicepresidente 2º de la Comisión de Transportes del Comité de las Regiones (1998-99).

Representante de la delegación española en la Comisión de Reglamento Interno (mayo 1998- noviembre 1999).

Miembro suplente “ad personam” del presidente Fraga en la Mesa, desde febrero 1999 hasta enero 2002.

Vicepresidente 1º de la Comisión de Política Regional, desde mayo de 1999 hasta enero 2002.

Miembro de la Mesa y Vicepresidente del Grupo Popular del CDR, desde septiembre de 2001 hasta enero 2002.

  • Tercer mandato 2002 - 2006

Vicepresidente del Grupo Popular Europeo del CDR y miembro de la Mesa del Grupo PPE del CDR, desde febrero de 2002.

Vicepresidente 1º de la Comisión de Relaciones Exteriores, 2002 - 2003.

Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores para el periodo 2004 - 2006

Miembro de la Comisión de Cohesión Territorial (COTER)

Miembro de la Delegación del CDR en la Convención Europea

  • Cuarto mandato 2006 - 2010

Vicepresidente del Grupo Popular Europeo del CDR y miembro de la Mesa del Grupo PPE del CDR

Suplente del presidente del Grupo PPE en la Mesa del CDR

Miembro de la Comisión de Cohesión Territorial (COTER)

Miembro de la Comisión de Desarrollo Sostenible (DEVE)

Miembro de la Asamblea Euromediterránea Local y Regional (ARLEM)

Presidentes del CDR:

1994 - 1996: Jacques Blanc (PPE/FR)

1996 - 1998: Pasqual Maragall i Mira (PSE/ES)

1998 - 2000: Manfred Dammeyer (PSE/DE)

2000 - 2002: Jos Chabert (PPE/BE)

2002 - 2004: Albert Bore (PSE/UK)

2004 - 2006: Peter Straub (PPE/DE)

2006 - 2008: Michel Delebarre (PSE/FR)

2008 – 2010: Luc Van den Brande (PPE/BE)

Historia y funciones del CDR

Establecido en 1994, tras la entrada en vigor del Tratado de Maastricht (1992), el CDR se constituyó para abordar dos cuestiones principales. En primer término, puesto que unas tres cuartas partes de la legislación comunitaria se aplica a nivel local o regional, es natural que los representantes locales y regionales tengan voz en el desarrollo de la nueva legislación de la UE. En segundo lugar, existía la preocupación de que, mientras la UE avanzaba a gran velocidad, se iba distanciando de los ciudadanos, que quedaban a la zaga. Hacer participar a los representantes de los niveles de gobierno más próximos al ciudadano era una manera de salvar esta distancia.

Los Tratados de la UE obligan a la Comisión europea y al Consejo de Ministros a consultar al CDR en relación a propuestas que sean presentadas en materias que afecten a los ámbitos regional y local. Desde el Tratado de Maastricht, estos ámbitos se han visto sucesivamente incrementados por los diferentes Tratados. Además, se prevé igualmente la posibilidad de consulta por parte del Parlamento europeo.

El Comité de las Regiones tiene en la actualidad 344 miembros y el mismo número de suplentes, procedentes de los 27 Estados miembros. Una nueva ampliación de la UE podría elevar el número de miembros (y de suplentes) a un máximo de 350.

Miembros y suplentes son designados por el Consejo, que actúa a propuesta de los Estados miembros, para un mandato de cinco años. Cada país elige a sus miembros según sus propias normas, pero cada delegación refleja el equilibrio geográfico y regional/local del Estado miembro correspondiente. El Tratado de Niza establece que los miembros deben ser titulares de un mandato electoral regional o local o políticamente responsables ante una Asamblea elegida.

El Comité organiza sus trabajos a través de seis Comisiones especializadas, compuestas por miembros del CDR, que examinan detenidamente las propuestas sometidas y elaboran un proyecto de dictamen en el que se destacan los puntos de acuerdo con las propuestas de la Comisión Europea y los cambios que consideran necesarios. A continuación, el proyecto de dictamen se debate en uno de los cinco plenos del CDR que se celebran cada año. Si se aprueba por mayoría, el documento pasa a ser un dictamen del Comité de las Regiones y se devuelve a la Comisión para que lo transmita al Parlamento y al Consejo. El CDR aprueba también resoluciones sobre problemas políticos de actualidad.

En el CDR están presentes cuatro grupos políticos que representan a las principales familias políticas europeas: el Partido Popular Europeo (PPE), el Partido de los Socialistas Europeos (PSE), el Grupo de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa (ALDE) y la Unión por la Europa de las Naciones - Alianza Europea (UEN-AE).

Órganos del CDR

El presidente: dirige los trabajos del CDR, preside los Plenos y representa oficialmente al CDR. Su mandato tiene una duración de dos años y medio.

El vicepresidente primero: también es elegido por la Asamblea por un mandato de dos años y medio. Sustituye al presidente en caso de ausencia de éste.

La Mesa es el órgano de gobierno del CDR. Se compone de 60 miembros: el presidente, el vicepresidente primero, los 27 vicepresidentes (1 por Estado miembro), los presidentes de los cuatro grupos políticos del CDR y 27 miembros más que permiten que la Mesa refleje los equilibrios nacionales y políticos. Se reúne siete veces al año en general, elabora el programa político del CDR y da las instrucciones a la Administración para la aplicación de las decisiones que haya tomado.

El Pleno: Los 344 miembros del CDR se reúnen en Pleno en Bruselas cinco veces al año para debatir y aprobar dictámenes, informes y resoluciones. Los Comisarios europeos y los representantes de la Presidencia de la UE suelen ser invitados a los Plenos para abordar asuntos de especial interés para las ciudades y regiones.

  • Al comienzo de cada mandato, la Sesión plenaria constituye las Comisiones y elige al presidente, primer vicepresidente, y a los miembros de la Mesa.
  • El Pleno adopta las prioridades políticas del CDR
  • Su principal misión consiste en adoptar dictámenes, informes y resoluciones, que son transmitidas después a la Comisión, el Consejo y el Parlamento europeo
  • Adopta cada año el proyecto de presupuesto del CDR
  • Las sesiones plenarias permiten debatir las grandes cuestiones políticas y dialogar abiertamente con diferentes líderes europeos
  • Una vez al año, la sesión plenaria se desarrolla en paralelo a la sesión plenaria del Parlamento europeo con el fin de favorecer el contacto entre sus miembros.
  • La semana europea de regiones y ciudades – OPEN DAYS, se celebran igualmente coincidiendo con al celebración de un Pleno

El CDR cuenta con seis subgrupos denominados «comisiones» que se especializan en los siguientes ámbitos:

1. política de cohesión territorial - COTER
2. política económica y social - ECOS
3. Ciudadanía, Gobernanza, Asuntos Institucionales y Exteriores - CIVEX
4. recursos naturales - NAT
5. Medio Ambiente, Cambio Climático y Energía - ENVE
6. Educación, Juventud, Cultura e Investigación - EDUC

Las Comisiones preparan los proyectos de dictamen y organizan conferencias y seminarios sobre temas que entran dentro de sus competencias. Cada comisión tiene aproximadamente 100 miembros y está asistida por una secretaría en la Administración.

Además, la Comisión de Asuntos Financieros y Administrativos (CAFA): está integrada por ocho miembros. Asesora a la Mesa sobre cuestiones de carácter administrativo y financiero.

Los grupos políticos

El CDR cuenta con cuatro grupos políticos:

  • Grupo del Partido Socialista Europeo (Grupo PSE)
  • Grupo del Partido Popular Europeo (PPE)
  • Grupo de Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa (ALDE)
  • Grupo Unión por la Europa de las Naciones y Alianza Europea (UEN-AE)

Hay también miembros independientes.

Los miembros de los grupos políticos se reúnen antes de las reuniones importantes para adoptar una posición común sobre los asuntos tratados.

Conferencia de Presidentes: El presidente del CDR, el vicepresidente primero y los presidentes de los grupos políticos también se reúnen antes de cada Pleno y la víspera de reuniones importantes al objeto de llegar a un consenso político sobre cuestiones clave en el marco de la llamada Conferencia de Presidentes. Además, asegura el contacto con la Conferencia de Presidentes del Parlamento Europeo, con el fin de facilitar el intercambio de información.

Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el papel del CDR se refuerza a lo largo de todo el proceso legislativo. El nuevo Tratado obliga a la Comisión Europea a consultar a los entes locales y regionales y a sus asociaciones de toda la UE ya desde la fase prelegislativa, y el CDR, para llevar a cabo su cometido de dar voz a las autoridades locales y regionales a nivel de la UE, se halla profundamente implicado ya desde esa primera fase.

Tan pronto como la Comisión hace una propuesta legislativa, la consulta al CDR es obligatoria de nuevo si la propuesta afecta a uno de los numerosos ámbitos políticos que tienen incidencia directa en los entes locales y regionales:

  • El Tratado de Maastricht señalaba cinco ámbitos de consulta: cohesión económica y social, redes e infraestructuras transeuropeas, sanidad, educación y cultura
  • El Tratado de Ámsterdam añadía cinco más: política de empleo, política social, medio ambiente, formación profesional y transporte
  • El Tratado de Lisboa ha ampliado el ámbito de actuación del CDR aun más, añadiendo la protección civil, el cambio climático, la energía y los servicios de interés general a la lista de ámbitos políticos en los que el CDR debe ser consultado.

Pero la implicación del CDR no se detiene una vez que ha emitido su dictamen sobre la propuesta de la Comisión. El Tratado de Lisboa hace obligatorio por vez primera que el CDR sea consultado por el Parlamento Europeo brindando al Comité la oportunidad de pronunciarse sobre cualquier cambio que hayan introducido en la legislación los parlamentarios europeos.

Asimismo, al CDR se le reconoce el derecho a cuestionar a la Comisión, al Parlamento y al Consejo si no tienen en cuenta su punto de vista e incluso puede solicitar una segunda consulta si la propuesta inicial se ve modificada sustancialmente en su recorrido por las demás instituciones. En casos extremos, el CDR tiene, además, derecho a acudir al Tribunal de Justicia europeo si considera que no ha sido consultado correctamente por la Comisión, el Parlamento o el Consejo.

La tarea del CDR a la hora de evaluar las propuestas legislativas de la UE se basa en tres principios clave:

  • Subsidiariedad: Este principio, inscrito en los Tratados al mismo tiempo en que se creó el CDR, significa que en la Unión Europea las decisiones deben tomarse en el nivel práctico más próximo al ciudadano. Por tanto, la Unión Europea no debe asumir tareas que corresponderían mejor a las administraciones nacionales, regionales o locales. El Tratado de Lisboa formaliza el papel del CDR como defensor del principio de subsidiariedad, reconociendo al Comité el derecho a interponer recursos ante el Tribunal de Justicia europeo si considera que el principio no se ha respetado.
  • Proximidad: Todos los niveles de gobierno deben aspirar a estar "próximos a los ciudadanos", especialmente organizando su trabajo de modo transparente, a fin de que los ciudadanos sepan quién es el responsable y puedan hacer oír sus opiniones.
  • Asociación: Una correcta gobernanza europea significa que los niveles europeo, nacional, regional y municipal cooperan; los cuatro niveles son imprescindibles y deben participar a lo largo del proceso decisorio.

El Comité elabora los siguientes documentos:

  • Dictámenes: La Comisión Europea, el Consejo de Ministros y el Parlamento Europeo consultan al Comité de las Regiones cuando elaboran textos legislativos (directivas, reglamentos, etc.) relativos a diversos ámbitos de interés de los entes regionales y locales. Los proyectos de texto se entregan a la comisión competente del CDR. Se nombra un ponente que se encarga de elaborar el dictamen del CDR sobre el documento en cuestión. El proyecto de dictamen debe ser aprobado en la comisión antes de ser debatido en la Asamblea. Tras su aprobación por el Pleno, el dictamen oficial se envía a todas las instituciones europeas y se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.

  • Dictámenes obligatorios: relativos a propuestas legislativas presentadas en ámbitos sobre los cuales la consulta al Comité es obligatoria.
  • Dictámenes: facultativos: relativos a propuestas relacionadas con ámbitos sobre los cuales la consulta no es obligatoria pero que tienen un interés específico para las autoridades regionales y locales.
  • Dictámenes de iniciativa: se elaboran cuando el CDR no es consultado específicamente pero se estima importante emitir una opinión

  • Resoluciones: Las resoluciones permiten que el CDR exprese su opinión sobre temas importantes y de actualidad. Los grupos políticos del CDR elaboran resoluciones de vez en cuando.

  • Los informes prospectivos y de impacto: El trabajo del CDR no se limita a analizar las propuestas legislativas, sino que también aporta contribuciones basadas en la experiencia de los miembros para el desarrollo futuro de las políticas comunitarias. Los informes prospectivos permiten que el CDR intervenga tempranamente en el desarrollo de una política, con el fin de tener más repercusión. Solo el Presidente de la Comisión o un Comisario europeo pueden pedir tales informes preliminares al CDR. Asimismo, la Comisión Europea puede pedir al CDR que elabore un informe de impacto. Como su nombre indica, se trata de evaluar el impacto de una política al nivel regional o local.

  • Estudios: El CDR realiza estudios sobre distintos aspectos de la dimensión regional y local de la UE (educación, transportes, asuntos sociales, ampliación, etc.). Se redactan con la ayuda de expertos exteriores.

Tratado de Lisboa: cambios principales en relación a las autoridades locales y regionales y el CDR

El nuevo Tratado prevé:

  • reconocimiento al papel institucional del CDR en el título relativo a las Instituciones y organismos de la Unión

  • el respecto de los objetivos, valores y derechos fundamentales de la Unión y, sobre todo, el respeto a la autonomía local y regional y el reconocimiento de la diversidad cultural y lingüística

  • la toma en consideración de los efectos de la legislación comunitaria sobre las colectividades territoriales y el reconocimiento del principio de consulta y, en consecuencia, una asociación más estrecha de las colectividades territoriales en la elaboración, la puesta en práctica y la evaluación de las políticas comunitarias.

  • La posibilidad para los parlamentos regionales con competencias legislativas de estar asociados al mecanismo de alerta temprana, que persigue asegurar la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad antes de que la legislación sea adoptada (en el marco de a consolidación de los parlamentos nacionales en el marco del procedimiento legislativo ordinario)

  • El derecho del CDR de plantear un recurso para defender sus propias prerrogativas en caso de violación del principio de subsidiariedad.

  • La ampliación del mandato de los miembros a cinco años, para igualarlo con el de los miembros del PE y de la Comisión

  • El reconocimiento de la importancia de la democracia ciudadana en la UE, y nuevas disposiciones en materia de democracia participativa

  • La integración de la cohesión territorial entre los objetivos de la UE y, en un protocolo, el compromiso de los Estados miembros en la promoción de la cohesión económica, social y territorial

  • La extensión de los ámbitos de consulta: energía y cambio climático

  • El reconocimiento de un estatuto particular a las regiones ultraperiféricas de Europa

  • La integración de la dimensión local y regional en las cuestiones relacionadas con la protección civil

  • Un aumento del papel y de las competencias discrecionales para las colectividades territorial en el ámbito de los servicios de interés general

Fechas clave de la historia del CDR:

1992: Tratado de Maastricht: Creación del CDR

1994: Bruselas: El CDR celebra su primer Pleno en Bruselas.

1995: El CDR pasa de 189 a 222 miembros cuando la EU-12 se amplía a la EU- 15

1997: Tratado de Amsterdam: Ampliación de las competencias del CDR hasta cubrir aproximadamente dos tercios de las propuestas legislativas de la UE. Asimismo, el Tratado establece que el Parlamento Europeo podrá consultar al Comité.

2001: Tratado de Niza: Se afianza la legitimidad democrática del CDR al establecer que sus miembros deben ser titulares de un mandato electoral de un ente regional o local u ostentar responsabilidad política ante una asamblea regional o local elegida.

2002-2003: Convención sobre el futuro de Europa: Los miembros del CDR participan en la Convención encargada de redactar una Constitución Europea. En el texto se reconoce de forma expresa el papel y las competencias de los entes regionales y locales; asimismo, se autoriza al CDR a interponer recursos ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas cuando las normas comunitarias no respeten el principio de subsidiariedad.

2004: Ampliación de la Unión Europea: El número de miembros del CDR pasa de 222 a 317 tras la adhesión de diez nuevos Estados miembros.

2007: Ampliación: Con la llegada de Bulgaria y Rumania, la composición del CDR pasa de 317 a 344 miembros.

2009: El Tratado de Lisboa refuerza el estatus y el papel político del CDR.

Más información sobre el CDR en www.cor.europa.eu.

El Comité de las Regiones de la Unión Europea, Foto 1
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