Deniegan la pensión de viudedad por fallecimiento de una trabajadora que sufrió ictus

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Murcia, 5 feb (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ), en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso presentado contra la decisión de un Juzgado que denegó las pensiones de viudedad y orfandad reclamadas por el esposo y el hijo de una trabajadora que falleció como consecuencia de un ictus cerebral.

Los herederos de esta mujer, que falleció en el hospital "Reina Sofía" de Murcia el 23 de enero de 2008, dos días después de sufrir el ictus que se produjo tras visitar a un cliente de la empresa para la que trabajaba, solicitaron a la Justicia que se declarase que el óbito se había producido por un traumatismo cráneo-encefálico.

Según los familiares de la trabajadora, ésta, al sufrir el ictus en el coche en el que emprendía el regreso, perdió el conocimiento y el turismo fue a impactar contra otro.

Sin embargo, los tribunales no dan por probado que el accidente fuese de tanta importancia que produjera el citado traumatismo, que califican de "levísimo".

La Sala señala que "en el atestado de la Policía Local de Murcia consta que existió una enfermedad súbita de la conductora antes del accidente, lo que es compatible con los daños en los vehículos implicados, que muestran pequeñas abolladuras en guardabarros izquierdo y delantero de los coches".

Concluye que "esto es incompatible con un traumatismo cráneo-encefálico como causante del fallecimiento de la trabajadora". EFE

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