Murcia, 19 ene (EFE).- Los padres de una niña que padece una encefalopatía crónica y un grado de minusvalía del 97 por ciento, como consecuencia de una negligencia médica por haber retrasado el parto, deberán ser indemnizados con 600.000 euros por la Consejería de Sanidad de Murcia, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ).
La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima así el recurso presentado por el letrado Pedro Alfonso García-Valcárcel contra la desestimación presunta de la Consejería, a la que había solicitado con anterioridad una reparación por estos hechos en nombre de los padres.
Sin embargo, la Sala limita la indemnización a los citados 600.000 euros por todos los conceptos, incluido el daño moral sufrido por los padres, que habían reclamado 1,3 millones de euros más una pensión vitalicia de 2.000 euros mensuales.
La sentencia, que no es firme porque puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, condena también a la Consejería de Sanidad al pago de los intereses desde la fecha de la reclamación.
La Sala señala que la madre de la pequeña ingresó el 27 de julio de 1998 en el hospital "Virgen de la Arrixaca" de Murcia, a instancias de la tocóloga de Cieza que la atendía para un estudio de bienestar fetal y desde esa fecha y hasta el nacimiento de su hija se le realizaron monitores y ecografías que ya indicaban el estado poco favorable en que se encontraba el feto.
Añade que el 28 de julio se le practicaron dos ecografías que evidenciaban sufrimiento fetal, pues, en palabras de la propia matrona, el feto "no se oía", pero la ginecóloga, a pesar de haber sido informada de esta situación, decidió subir a la paciente a la planta alegando que aquél estaba dormido".
Al día siguiente comenzaron las contracciones "y, a pesar de que se repetían cada cinco e incluso cada dos minutos, los facultativos adoptaron como única medida poner a la paciente de lado con la pierna encogida".
Horas después se le practicaba una cesárea por sufrimiento fetal, cuando, según dice el tribunal, "fue ese precisamene el motivo de su ingreso hospitalario y cuando las pruebas ya habían puesto de manifiesto que todo ello estaba ocurriendo y, sobre todo, cuando esta contingencia debería haberse previsto con anterioridad".
Como consecuencia de estos hechos, la matrona M.J.L fue juzgada por un delito de lesiones, pero un Juzgado de lo Penal de Murcia, en septiembre de 2004, dictó sentencia absolutoria, que fue confirmada por la Audiencia Provincial.
La pequeña sufre "una encefalopatía crónica no progresiva con tetraparesia espástica", concluye la Sala.
García-Valcárcel ha dicho a Efe que el año pasado se se evitaron otros dos juicios al llegar a un acuerdo con el Servicio Murciano de Salud por el que éste abonó, por otras dos actuaciones médicas, 600.000 euros por cada una, y ha resaltado la labor que realiza la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias de la Región de Murcia (AVINESARMUR) al canalizar la mayor parte de estos casos. EFE