La Asociación Murciana de Consumidores y Usuarios, CONSUMUR, integrada en FACUA- Consumidores en Acción, ante los problemas causados por el temporal de niebla y nieve que han provocado, en los últimos días, más de 200 vuelos cancelados y retrasos de hasta seis horas en el Aeropuerto de Barajas, asesora a los usuarios afectados sobre sus derechos en casos de cancelaciones y retrasos en los vuelos contratados.
Numerosos pasajeros se vieron afectados durante el día de ayer y el pasado domingo por el temporal que dificultó la operatividad del aeropuerto, operando sólo dos de las cuatro pistas lo que contribuyó a aumentar las demoras de los vuelos y las cancelaciones.
Ante los cientos de afectados, CONSUMUR ha puesto en marcha un servicio de asesoramiento a los afectados, a través de su Teléfono de Atención al Consumidor y Usuario, 968 96 77 88 y la dirección de correo electrónico sacur@consumur.org. También podrán recibir asesoramiento a través de la web (www.consumur.org).
Con independencia de que los afectados sean reubicados en otros vuelos, el Reglamento CE 261/2004, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos establece que los usuarios que hayan sufrido una cancelación o retraso en su vuelo, tienen derecho a recibir, gratuitamente, comida y refrescos suficientes durante la espera, al igual que tienen derecho a ser alojados en un hotel en el caso de que sea necesario pernoctar una o varias noches. Los afectados también tienen derecho a ser transportados al lugar de alojamiento.
Así mismo, la normativa establece el derecho de los usuarios afectados a realizar, gratuitamente, dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos.
A su vez, si debido a la cancelación, el vuelo ya no tiene razón de ser para el usuario, la compañía aérea está obligada al reembolso del billete o bien a la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible, o la conducción hasta el destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.
En el caso de posibles indemnizaciones, la normativa establece que los afectados no tendrán derecho a compensaciones económicas si el motivo de la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables, como es el caso de problemas meteorológicos.
La Asociación recomienda a los usuarios que se hayan visto afectados por cancelaciones o retrasos de vuelos, que denuncien la situación y reclamen sus derechos. El usuario afectado podrá recibir información acudiendo a la asociación, en horario de 10.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, y de 17.00 a 20.00 horas los martes y jueves, así como a través de su Oficina Virtual,a disposición del consumidor y usuario las 24 horas del día. También podrá solicitar información llamando al Teléfono de Información al Consumidor y Usuario: 968 96 77 88.