Ya hicimos hincapié en 2008 en el motivo por el que apoyamos la medida: unas rebajas bien definidas son beneficiosas para el consumidor, PERO los descuentos que hay en los escaparates con diferentes leyendas no deben provocar una confusión en los consumidores (Es frecuente que cualquier persona en la puerta de un establecimiento comente que las rebajas ya están “¡pero si superan el 50% los descuentos!”, comentan), por lo que pedíamos que se clarificara la situación, respetando nuestros derechos.
Y entre otros objetivos están también, evitar una mayor caída de la confianza del consumidor y mantener un incentivo para el consumo.
Por otro lado, como todos sabemos, las rebajas son voluntarias para el comerciante, y ya se ha comentado por algunas grandes empresas (El Corte Ingles y el grupo Inditex) que las comenzarán ”voluntariamente” el día 7 de enero, pero nos preguntamos: ¿Para qué necesitan rebajas? Si tienen ofertas especiales de descuento superiores al 30% desde antes del día 24 de diciembre, ¿Son o no rebajas encubiertas? Nosotros pensamos que si no se controlan estas promociones por parte de las autoridades competentes, poco clarificarán la situación con respecto al consumidor.
Nos preguntamos: ¿qué más da cómo las llamen si los descuentos dominan la oferta desde principios de diciembre? Las Asociaciones de Consumidores (todas, por supuesto la nuestra) recomendamos a los consumidores que adquieran sus productos en establecimientos adheridos al sistema arbitral de consumo, pues consideramos que es un añadido de profesionalidad del comerciante, es una garantía de calidad del comercio en cuanto a las prácticas comerciales.
Y decimos claro a los consumidores que estos grandes establecimientos no están adheridos al sistema arbitral de consumo.
Y es el consumidor el que debe decidir dónde adquirir sus productos, aunque todos sabemos que en una situación de oligopolio es más posible que los derechos de los consumidores sean vulnerados.