Murcia, 30 oct (EFE).- Una enfermera del hospital comarcal del Noroeste tiene derecho a percibir un plus de peligrosidad durante la lactancia de su hijo por el riesgo de contraer infecciones en su trabajo, según la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a la que ha tenido acceso Efe.
La Sala estima así el recurso presentado por la demandante contra la sentencia dictada en marzo de este año por el Juzgado de lo Social número Tres de Murcia, que rechazó su solicitud.
Afirma el TSJ que esta mujer dio a luz un hijo en junio de 2008 y que en 19 de septiembre solicitó a la gerencia del hospital la adaptación de las condiciones de trabajo y su reubicación en este centro sanitario.
La solicitante alegó que estaba en situación de riesgo de contraer enfermedades infecciosas y que le faltaba tiempo para llevar a cabo "una lactancia digna", ya que, entre otras circunstancias, hacía turnos rotatorios.
La solicitud no fue estimada tampoco por el Juzgado de lo Social, por lo que esta enfermera presentó un recurso ante la Sala de lo Social del TSJ, que sí ha prosperado.
El tribunal considera que esta mujer tiene derecho a la prestación económica por riesgo durante la lactancia al haberse acreditado que esos riesgos existen.
Añade la Sala que "el interés del menor es, en cualquier caso, preponderante y su protección lleva a la necesaria estimación del recurso, al mediar un riesgo consistente tanto en que la madre desempeña su labor en turnos rotatorios como en que las circunstancias que concurren en su puesto de trabajo influyen negativamente en la lactancia".
Y concretan los jueces que esas circunstancias son "la carga de trabajo, la exposición a agentes biológicos, la turnicidad, la ausencia de un lugar apropiado para la extracción de la leche materna y el estrés". EFE