Murcia, 16 ago (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha condenado a una empresa constructora a indemnizar con 47.679 euros al conductor de un vehículo que resultó accidentado como consecuencia de no haber tapado de forma correcta la zanja abierta en una carretera.
La Audiencia estima así el recurso que presentó el accidentado, E.M. contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Murcia, que en octubre de 2008 absolvió a "Marimar, S.L." y a la compañía de seguros "Allianz" en la demanda presentada por el primero.
En su recurso, E.M., que sufrió el siniestro el 12 de octubre de 2004, señaló que existía ya una luz solar deficiente que dificultaba la visión del corte de la calzada y negó que circulara con exceso de velocidad o que existiera impericia por su parte.
Para el demandante, no había duda de que el suceso se produjo porque la empresa que abrió la zanja no procedió a rellenarla de manera correcta.
En contra de lo sostenido por el Juzgado de Primera Instancia, la Audiencia Provincial sí da por probado que "existía un desnivel en la calzada de unos centímetros como consecuencia de la realización de unas obras".
Añade que "cuando menos, el día del siniestro había un desnivel de tres centímetros, constituyendo ello una hendidura en la calzada, atravesándola en todo su ancho, generadora de un riesgo y un peligro, especialmente para los ciclomotores y motocicletas, que no puede ser obviado a la hora de enjuiciar la conducta de la condemandada, "Marimar, S.L".
Para la Sala, la empresa constructora "debió proceder a la supervisión continua del relleno y, máxime, si llovió, en cuanto que era consciente de que con ello el desnivel aparecería, constituyendo un dato revelador el que la propia aseguradora se aviniera al pago de 30.000 euros en concepto de indemnización por los perjuicios sufridos por el lesionado".
El tribunal atribuye también parte de culpa al demandante, ya que considera que "sabía que en aquel momento había obras en la zona, con lo cual debió extremar las precauciones y acomodarlas a las circunstancias concurrentes de tiempo y lugar".
Por este motivo, la sala reparte la responsabilidad, por mitad, entre el conductor accidentado y la empresa que realizó los trabajos de la zanja, por lo que fija la indemnización en la cantidad de 47.679 euros. EFE